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Extracto de la Resolución de 11 de agosto de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2021 subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores. [2021/9021]

(DOGV núm. 9169 de 08.09.2021) Ref. Base Datos 008349/2021

Extracto de la Resolución de 11 de agosto de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2021 subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores. [2021/9021]
BDNS (identif.): 582424.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/582424

Primero. Personas beneficiarias
Podrán obtener la condición de beneficiarios, las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 60 años.
b) Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.
c) Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
d) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el sujeto, que se acreditará a través de los informes médico y social.
2. El cumplimiento de estas condiciones vendrá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segundo. Finalidad
Convocar subvenciones en concepto de prestaciones económicas individualizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas, para las personas mayores.

Tercero. Bases reguladoras
Orden 8/2015, de 29 de diciembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales especializados de personas mayores (DOGV 7691, 05.01.2016).

Cuarto. Importe
La cuantía de la subvención estará en función de los ingresos totales de la unidad familiar, del número de miembros de la misma, del coste de la actividad subvencionada y del módulo máximo determinado en el presente apartado, no pudiendo exceder, en ningún caso, de este módulo o del coste de la actividad subvencionada. Los ingresos totales de la unidad familiar se computarán con arreglo al baremo establecido en la orden de bases. El módulo económico máximo por el que se rigen estas prestaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas será de 3.954,30 euros, de acuerdo con la documentación aportada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y hasta el 1 de octubre de 2021.

València, 11 de agosto de 2021.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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