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RESOLUCIÓN de 16 julio de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes de la Conselleria de Educación, por la que se resuelve la convocatoria ordinaria de autorización de centros y programas de compensación educativa a centros públicos y privados concertados financiados con fondos públicos que imparten enseñanzas de educación infantil (2º ciclo), educación primaria y educación secundaria obligatoria, así como los programas PROA y PASE, para el curso 2010-2011. [2010/8368]

(DOGV núm. 6318 de 26.07.2010) Ref. Base Datos 008381/2010

RESOLUCIÓN de 16 julio de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes de la Conselleria de Educación, por la que se resuelve la convocatoria ordinaria de autorización de centros y programas de compensación educativa a centros públicos y privados concertados financiados con fondos públicos que imparten enseñanzas de educación infantil (2º ciclo), educación primaria y educación secundaria obligatoria, así como los programas PROA y PASE, para el curso 2010-2011. [2010/8368]
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 60 que, con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad, las administraciones educativas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, los grupos y los ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.
La Orden de 4 de julio de 2001, de la Conselleria de Cultura y Educación, reguló la atención al alumnado con necesidades de compensación educativa (DOGV de 17.07.01).
En el desarrollo de esta orden, la Resolución de 29 de marzo de 2010 (DOCV de 19.04.10), de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, convocó la solicitud de los programas de compensación educativa, junto con los programas PROA y PASE, en una convocatoria única, que determinaba los criterios y el procedimiento para la autorización de cada uno de los programas en los centros.
Revisada y evaluada la propuesta de autorización realizada por las Direcciones Territoriales de Educación de Alicante, Castellón y Valencia, a través de la comisión designada a este efecto, y en uso de las atribuciones que me confiere la disposición final primera de la Orden de 4 de julio de 2001, resuelvo:
Primero
Autorizar, con carácter ordinario para el curso escolar 2010-2011, los programas de compensación educativa y los programas para la mejora del éxito escolar de los centros que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
De la misma manera, se propone la autorización de los centros relacionados en el anexo II para el desarrollo de los programas del plan PROA, así como los relacionados en el anexo III de la presente resolución para el desarrollo de programas PASE durante el curso 2010-2011.
Segundo
Proponer a la Dirección General de Personal la concesión de los recursos humanos indicados en el anexo I con el fin de hacer posible el desarrollo de los programas de compensación educativa autorizados en los centros públicos.
De la misma manera, y con respecto a los centros privados concertados, proponer al Servicio de Centros, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, la concesión de los recursos humanos indicados en el anexo I con el fin de hacer posible el desarrollo de los programas autorizados.
Tercero
Conceder a los mencionados centros los recursos económicos de compensación educativa que figuran en el anexo I.
La ayuda para los centros de régimen público asciende a la cantidad de 995.500€, de los que una tercera parte (331.833€) corresponde al último cuatrimestre del año 2010, y las dos terceras partes restantes (663.667€) corresponderán a los dos primeros cuatrimestres del año 2011.
La ayuda para los centros de régimen privados concertado asciende a la cantidad de 132.400€, de los cuales 14.000€ corresponden al último cuatrimestre del año 2010, y 118.400€ corresponderán a los dos primeros cuatrimestres del año 2011.
La concesión de dichos recursos tendrá carácter plurianual para el curso académico 2010-2011 en aplicación del artículo 29b del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. Por ello, la dotación económica se realiza en las dos siguientes fases:
- Primera fase. Primer cuatrimestre del curso 2010-2011.
Las ayudas correspondientes al primer cuatrimestre se sufragarán según lo establecido en la Orden 38/2010, de 10 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se publica la línea presupuestaria y se determinan los créditos que deben financiar las ayudas en los centros privados concertados y las dotaciones económicas a los centros públicos que imparten enseñanzas de régimen general de educación infantil (2º ciclo), educación primaria y educación secundaria obligatoria para el desarrollo de proyectos de compensación educativa.
- Segunda fase. Segundo y tercer cuatrimestres del curso 2010-2011.
Para los centros públicos se sufragarán a cargo del capítulo II, programa 421.30, del ejercicio presupuestario para el 2011.
Para los centros privados concertados se sufragarán a cargo del capítulo IV, línea de subvención T0072000 del programa 421.30, del ejercicio presupuestario para el 2011.
La financiación de esta segunda fase quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atenderla en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana del año 2011.
Cuarto
Los centros privados concertados recibirán directamente las correspondientes ayudas al alumnado beneficiario de los programas de compensación educativa de la línea T0072000 al objeto de financiar los gastos de funcionamiento necesarios para llevar a cabo los proyectos de educación compensatoria que se imparte a este alumnado.
Para la justificación de gastos derivados del desarrollo de los programas de compensación educativa, en aplicación de la Resolución de 29 de marzo de 2010, los centros de régimen privado concertado deberán presentar los anexos IV, V y VI de la presente resolución, junto con la documentación original o fotocopia compulsada.
La justificación de gastos de los centros privados concertados se realizará en dos fases:
- Primera fase. Primer cuatrimestre del curso 2010-2011.
La justificación de la cantidad correspondiente al primer cuatrimestre (recursos económicos autorizados en el anexo I de la presente resolución), deberá presentarse en la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes entre el 2 y el 12 de noviembre de 2010, ambos incluidos, según los anexos IV, V y VI y adjuntando la documentación original o fotocopia compulsada. En caso de no presentarse la justificación correspondiente en el plazo indicado, el beneficiario perderá el derecho a la subvención.
- Segunda fase. Segundo y tercer cuatrimestres del curso 2010-2011.
La justificación de la cantidad correspondiente al segundo y tercer cuatrimestres (recursos económicos autorizados en el anexo I de la presente resolución), deberá presentarse en la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes entre el 29 de junio y el 9 de julio de 2011, ambos incluidos, según los anexos IV, V y VI y adjuntando la documentación original o fotocopia compulsada. En caso de no presentarse la justificación correspondiente en el plazo indicado, el beneficiario perderá el derecho a la subvención.
Según el punto 11.b, del apartado primero, de la Resolución de 29 de marzo de 2010, los centros de régimen público no necesitarán aportar justificación extraordinaria de gastos para el pago del total de la dotación económica que se concede en el anexo I de la presente resolución de autorización de programas de compensación educativa para el curso 2010-2011. Dicha justificación se realizará por el procedimiento ordinario de justificación anual de gastos.
Quinto
La dirección de los centros públicos y privados concertados deberá rellenar, en cada caso, los anexos VII, VIII y IX de la presente resolución y los remitirá a la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, Servicio de Ordenación Académica, de la Conselleria de Educación, av. de Campanar 32, 46015 de Valencia, antes del 15 de octubre de 2010. La omisión del envío de los mencionados anexos debidamente cumplimentados implicará la evaluación negativa en el programa correspondiente.
Sexto
La inspección educativa realizará, a partir del segundo trimestre del curso académico 2010-2011, el seguimiento y la evaluación de los programas de compensación educativa, PROA y PASE, con la colaboración de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes.
La autorización de los recursos humanos y personales correspondientes al curso 2011-2012 quedará condicionada a la evaluación positiva que se realice de los resultados obtenidos en el presente curso, especialmente por lo referente a la mejora global de los centros que han desarrollado estos programas y a la mejora del éxito escolar del alumnado de los mismos.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Valencia, 16 de julio de 2010.- El director general de Ordenación y Centros Docentes: Rafael Carbonell Peris.


Annex IV
Centre: ____________________________________________________________________________________
Titular del Centre: ___________________________________________________________________________
Conegut el contingut de la Resolució de … de juliol de 2010, de la Direcció General d'Ordenació i Centres Docents, per la qual es concedix una ajuda econòmica per al centre, presente davant de la citada Direcció General la documentació següent a fi de justificar la subvenció concedida per al ______________ quadrimestre del curs 2010-2011:
Factures de despeses de material i altres despeses de funcionament (annex V)
Total concedit (Resolució …/07/2010): _______________
Quantitat justificada: ____________________
Per tot això sol·licite que tinga per presentat este escrit amb els annexos i la documentació adjunta, la veracitat dels quals certifique, i que es considere així justificada la subvenció concedida per la Resolució de … de juliol de 2010.
________________,_____ de___________ de ______
(Segell i firma)
Sr. director general d'Ordenació i Centres Docents
Anexo IV
Centro:______________________________________________________________________________
Titular del Centro:_____________________________________________________________________
Conocido el contenido de la Resolución de … de julio de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se concedió una ayuda económica para el Centro, presento ante dicha Dirección General la siguiente documentación con el fin de justificar la subvención concedida para el _____________________ cuatrimestre del curso 2010-2011:
Facturas de gastos de material y otros gastos de funcionamiento (Anexo V)
Total concedido (Resolución …/07/2010): _______________
Cantidad justificada: __________________
Por todo ello solicito que tenga por presentado este escrito con los anexos y la documentación adjunta, la veracidad de los cuales certifico, y que se considere así justificada la subvención concedida por la Resolución de … de julio de 2010.
________________,_____ de___________ de _______
(Sello y firma)
Sr. director general de Ordenación y Centros Docentes
Annex V / Anexo V
FACTURES DE DESPESES DE MATERIAL I ALTRES DESPESES DE FUNCIONAMENT
FACTURAS DE GASTOS DE MATERIAL Y OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
Centre / Centro: _______________________________________________________________________________

________________, _____ de___________ de _____
(Segell i firma / Sello y firma)
Annex VI
MODEL DE DECLARACIÓ RESPONSABLE
Amb la finalitat d'acreditar, per al pagament de l'ajuda concedida per al projecte de compensació educativa, que este centre educatiu està al corrent de les obligacions per reintegrament de subvencions, segons el que establix l'article 16 de l'Acord de 27 de juny de 2008, del Consell, pel qual es determinen els extrems addicionals a comprovar per la Intervenció en l'exercici de la fiscalització de la despesa i de conformitat amb el que determinen els articles 47.7 del Text Refós de la Llei d'Hisenda Pública de la Generalitat i 34.5 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions,
DECLARE que l'entitat................................. no és deutora per reintegrament de subvencions i, per això, es troba al corrent de pagament d'obligacions per reintegrament de subvencions.
(Data i firma de la persona legalment responsable)
Anexo VI
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Con la finalidad de acreditar, para el pago de la ayuda concedida para el proyecto de compensación educativa, que este centro educativo está al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo de 27 de junio de 2008, del Consejo, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar por la Intervención en el ejercicio de la fiscalización del gasto y de conformidad con lo que determinan los artículos 47.7 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
DECLARO que la entidad................................. no es deudora por reintegro de subvenciones y, por ello, se encuentra al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
(Fecha y firma de la persona legalmente responsable)

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