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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2014, del secretario autonómico de Economía y Empleo, por la que se da publicidad a las líneas de crédito y a los importes globales máximos destinados a financiar las medidas contempladas en las órdenes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, de 22 de octubre de 2008; 10 de julio de 2009, y en las órdenes 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto de 2010, por las que se regulan y convocan subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes de los sectores textil y de la confección, de fabricación y componentes de calzado, curtidos y marroquinería, del juguete y del mueble. [2014/10307]

(DOGV núm. 7401 de 12.11.2014) Ref. Base Datos 010055/2014

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2014, del secretario autonómico de Economía y Empleo, por la que se da publicidad a las líneas de crédito y a los importes globales máximos destinados a financiar las medidas contempladas en las órdenes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, de 22 de octubre de 2008; 10 de julio de 2009, y en las órdenes 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto de 2010, por las que se regulan y convocan subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes de los sectores textil y de la confección, de fabricación y componentes de calzado, curtidos y marroquinería, del juguete y del mueble. [2014/10307]

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales publicó entre enero de 2008 y noviembre de 2009 cuatro reales decretos con objeto de establecer medidas de apoyo a los trabajadores de sectores afectados por los cambios estructurales en el comercio mundial. El Real Decreto 5/2008, de 11 de enero, para el sector textil y de la confección; el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, para el sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería; el Real Decreto 1678/2009, de 13 de noviembre, para el sector del juguete, y el Real Decreto 1679/2009, de 13 de noviembre, para el sector del mueble. Los reales decretos fueron objeto de adaptación al ámbito de la Generalitat mediante las siguientes convocatorias:
Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección.
Orden de 10 de julio de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería.
Orden 33/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del juguete.
Orden 34/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del mueble.
Según lo previsto en las distintas órdenes la vigencia de las medidas se extenderá al período de tiempo previsto en cada caso. Por otra parte la gestión anual de las convocatorias queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat y a los libramientos de fondos correspondientes por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.
Ante la falta de asignación presupuestaria anual por el Servicio Público de Empleo Estatal, expedientes de ayudas de distintas acciones apoyables no han podido ser tramitadas.
Existe crédito adecuado y suficiente en tesorería en origen para financiar las diversas medidas reguladas en las órdenes mencionadas. La normativa reguladora de las medidas de apoyo a los diferentes sectores establece que los remanentes de fondos no comprometidos de los libramientos hechos efectivos que se encuentren en poder de las comunidades autónomas, seguirán manteniendo el destino específico para el que fueron transferidos y se utilizan como tesorería en origen. Solicitado informe al respecto, con fecha 25 de noviembre de 2013, por el Servicio Público de Empleo Estatal se clarifica la posibilidad de utilizar dichos fondos, por lo que procede dar publicidad a los créditos destinados a las acciones apoyables, periodo 2012 y 2013, recogidas en las mismas.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 47.11 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, el Decreto 194/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Servef) y la disposición adicional primera de las citadas órdenes, resuelvo:
Único. Financiación
Dar publicidad a la dotación presupuestaria para financiar en el ejercicio 2014 las siguientes subvenciones:
Las subvenciones reguladas en la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección, correspondientes a las acciones apoyables de 2012-2013, que se financiarán con cargo al capítulo IV del subprograma 322.53, Plan de Apoyo al Sector Textil y de la Confección, código de línea T7705000, por importe de 45.000 euros.
Las subvenciones reguladas en la Orden de 10 de julio de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, correspondientes a las acciones apoyables de 2012-2013, que se financiarán con cargo al capítulo IV del subprograma 322.53, código de línea T7708000, «Plan de apoyo al sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería», por importe de 60.000 euros.
Las subvenciones reguladas en la Orden 33/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del juguete, correspondientes a las acciones apoyables de 2012-2013 que se financiarán con cargo al capítulo IV del subprograma 322.53, código de línea T7714000, «Plan de apoyo al sector del juguete», por importe de 15.000 euros.
Las subvenciones reguladas en la Orden 34/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del mueble, correspondientes a las acciones apoyables de 2012-2013 que se financiarán con cargo al capítulo IV del subprograma 322.53, código de línea T7715000, «Plan de apoyo al sector del mueble», por importe de 95.000 euros.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa o, potestativamente, un recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los términos ya dichos, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso de los previstos en la vigente legislación.

Valencia, 10 de noviembre de 2014.– El secretario autonómico de Economía y Empleo: Fernando Díaz Requena.

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