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RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2022, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, de ejecución de la Sentencia número 598/2021, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, relativa a la Resolución de 10 de junio de 2019, de la misma conselleria, por la que se convocan para el curso académico 2019-2020 las ayudas para complementar las becas por movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» pertenecientes a instituciones públicas de educación superior de la Comunitat Valenciana. [2022/10244]

(DOGV núm. 9470 de 15.11.2022) Ref. Base Datos 010134/2022

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2022, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, de ejecución de la Sentencia número 598/2021, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, relativa a la Resolución de 10 de junio de 2019, de la misma conselleria, por la que se convocan para el curso académico 2019-2020 las ayudas para complementar las becas por movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» pertenecientes a instituciones públicas de educación superior de la Comunitat Valenciana. [2022/10244]
La Sentencia número 598/2021, de 23 de noviembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo número 339/2019, desestima la causa de inadmisibilidad por falta de legitimación planteada por la Generalitat Valenciana y estima el recurso interpuesto por la Universidad Católica San Vicente Mártir contra la citada resolución, aplicando la doctrina sentada en la sentencia del Tribunal Constitucional 191/2020 de 17 de diciembre y en la sentencia del Tribunal Constitucional de 25 de enero de 2021 que anuló aquellos preceptos que limitaban el disfrute de las becas exclusivamente a los alumnos matriculados en centros públicos, por lo que la declara nula y deja sin efecto.
Esta sentencia ha sido declarada firme; y conforme al artículo 103.2 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, «las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en estas se consignen».
Por todo ello resuelvo:

Primero
Declarar nulas, en ejecución de sentencia, cuantas referencias, directa o indirectamente, limitan exclusivamente a los estudiantes de universidades públicas las ayudas para complementar becas por movilidad de estudiantes por estudios del programa «Erasmus» pertenecientes a instituciones públicas de educación superior de la Comunitat Valenciana, para el curso académico 2019-2020, en la Resolución de 10 de junio de 2019, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, de convocatoria de las citadas ayudas. Esas referencias deben considerarse suprimidas.

Segundo
Publicar esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra la presente resolución podrá promoverse, por las partes legitimadas, incidente de ejecución de sentencia, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Alicante, 26 de octubre de 2022.– La consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital: Josefina Bueno Alonso.

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