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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se amplía el plazo de justificación de las ayudas en materia de supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores. [2021/11499]

(DOGV núm. 9215 de 15.11.2021) Ref. Base Datos 010435/2021

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se amplía el plazo de justificación de las ayudas en materia de supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores. [2021/11499]
Mediante Orden 8/2015, de 29 de diciembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales especializados de personas mayores (DOGV 7691, 05.01.2016), habiéndose convocado por Resolución de 11 de agosto de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (DOGV 9169, 08.09.2021) las subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores contempladas en la citada orden y correspondientes al ejercicio 2021.
De acuerdo con el apartado undécimo de la resolución de convocatoria, el plazo máximo de presentación de la documentación acreditativa de la justificación de la subvención finaliza el 15 de noviembre de 2021. A la vista de las dificultades manifestadas por un número importante de personas beneficiarias para poder aportar la documentación en el plazo indicado, se considera oportuno establecer un plazo de justificación apropiado de manera que estas puedan presentar la correspondiente documentación en tiempo y forma.
Visto lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 70 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a propuesta de la Dirección General de Personas Mayores, resuelvo:

Primero
Ampliar el plazo de justificación de las ayudas, que viene establecido en el apartado undécimo, de la Resolución de 11 de agosto de 2021, por la que se convocan para 2021, las subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores y que estaba fijado en el 15 de noviembre de 2021, debiendo presentarse la preceptiva documentación justificativa de la ayuda, como fecha máxima, el 15 de diciembre de 2021.

Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, para su eficacia y conocimiento general.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el que establecen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; o, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los mismos términos, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo esto sin perjuicio que las personas interesadas puedan presentar cualquier otro recurso que estiman pertinente.

València, 10 de noviembre de 2021.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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