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RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria extraordinaria de asignación de recursos para el desarrollo de programas de compensación educativa en centros públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como el programa PAE, para el curso 2011-2012. [2011/10496]

(DOGV núm. 6632 de 18.10.2011) Ref. Base Datos 010517/2011

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria extraordinaria de asignación de recursos para el desarrollo de programas de compensación educativa en centros públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como el programa PAE, para el curso 2011-2012. [2011/10496]
Con la finalidad de atender las necesidades del alumnado que requiere compensación educativa, en el marco de lo que se ha dispuesto en la Orden de 4 de julio de 2001, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades de compensación educativa (DOGV núm. 4044, de 17.07.2001) y en la Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se convoca la solicitud de los programas de compensación educativa y les programas PROA y PASE, para el curso 2011-2012 (DOCV núm. 6475, de 08.03.2011).
Considerando que los centros públicos y privados concertados que se relacionan en el anexo I de la presente resolución requieren para desarrollar sus programas de compensación educativa de una dotación extraordinaria de recursos personales para el curso escolar 2011-2012.
Atendiendo que los centros que se relacionan en el anexo II de la presente resolución necesitan la aplicación del programa de acompañamiento escolar, que forma parte del plan PROA, para la mejora del aprendizaje del alumnado, su integración escolar, el aumento de la participación de las familias y la potenciación de la eficacia educativa del centro.
Revisada la propuesta de autorización extraordinaria realizada por las direcciones territoriales de Educación, Formación y Trabajo de Alicante, Castellón y Valencia.
En uso de las atribuciones que me confiere la disposición final primera de la Orden de 4 de julio de 2001, resuelvo:

Primero
Conceder, con carácter extraordinario para el presente curso escolar 2011-2012, los programas de compensación educativa en los centros públicos y privados concertados que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.

Segundo
Autorizar el programa de acompañamiento escolar con carácter extraordinario para el presente curso escolar 2011-2012, a los centros públicos y a los centros privados concertados que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.

Tercero
La dotación contemplada en esta resolución será adicional a aquellos de los que ya dispone cada centro según la Resolución de 20 de julio de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria ordinaria de autorización de centros y programas de compensación educativa a centros públicos y privados concertados financiados con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, así como los programas PROA y PASE para el curso 2011-2012 (DOCV núm. 6577, de 01.08.2011).

Cuarto
La dirección de los centros públicos y privados concertados debe cumplimentar, en cada caso, los anexos VII y/o VIII de la Resolución de 20 de julio de 2011 a la que hace referencia el apartado Tercero, y los debe remitir en la dirección de correo electrónico: de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, hasta el 21 de noviembre de 2011. La omisión del envío de los mencionados anexos debidamente cumplimentados implicará la evaluación negativa en el programa correspondiente.


ANNEX I / ANEXO I

EDUCACIÓ COMPENSATÒRIA / EDUCACIÓN COMPENSATORIA

Centres públics d'Educació Primària / Colegios públicos de Educación Primaria



Centres privats concertats / Centros privados concertados




ANNEX II / ANEXO II

PAE (PROGRAMA D'ACOMPANYAMENT ESCOLAR / PAE (PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO ESCOLAR)

Centres públics d'Educació Primària / Colegios públicos de Educación Primaria



Centres privats concertats /Centros privados concertados
Quinto
Los centros a los que se les ha autorizado el programa PAE presentarán una memoria final, según el anexo X, de la Resolución de 20 de julio de 2011, del 15 al 29 de junio de 2012, y deberán remitirlo a la dirección de correo electrónico que aparece en dicho anexo.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los centros privados concertados que hubiesen presentado solicitud en la convocatoria extraordinaria podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación. Todo eso de conformidad con el que disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 7 de octubre de 2011.- El director general de Ordenación y Centros Docentes: Rafael Carbonell Peris.

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