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DECRETO 170/2007, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell. [2007/11937]

(DOGV núm. 5611 de 02.10.2007) Ref. Base Datos 012440/2007

DECRETO 170/2007, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell. [2007/11937]
La larga trayectoria y las sucesivas ediciones en que se ha celebrado el Festival Internacional de Cine Cinema Jove corroboran la consolidación de un festival cuyo futuro, a día de hoy, nadie cuestiona.
Por ello, aún cuando hasta el momento se ha concebido la estructura administrativa de preparación y programación del festival como algo efímero y constituido ad hoc para cada edición de éste, en estos momentos, resulta aconsejable la creación de una mínima estructura estable como garantía de la solidez y como aval de la futura realización de éste.
Ello no obstante, las particulares características de la dirección del Festival Cinema Jove, cuya organización se produce de modo independiente a la actividad ordinaria del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, apuntan a la necesidad de crear un puesto directivo que, bajo la única y exclusiva dependencia del director-gerente del ente público y, por supuesto, del Consejo Rector del mismo, goce de autonomía y libertad para diseñar, producir y llevar a la práctica las futuras ediciones del referido festival internacional.
Para ello, resulta necesario introducir algunas modificaciones en el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell, que materialicen las soluciones concretas a las situaciones detectadas.
En virtud de todo lo expuesto, previa aprobación de la presente modificación por el Consejo Rector del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, en la reunión celebrada el día 13 de diciembre de 2006, a propuesta de la consellera de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 28 de septiembre de 2007,
DECRETO
Artículo único
1. Se modifica el apartado 2.e) del artículo 7 del Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 7. La Presidencia
2. Las atribuciones de la Presidencia son las siguientes:
e) Nombrar y, en su caso, destituir al personal directivo del instituto. Asimismo, designar a la persona que deba ejercer las funciones de secretario o secretaria del Consejo Rector.»
2. Se modifica el artículo 13 del reglamento de funcionamiento, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 13. Personal directivo del instituto. Nombramiento y destitución
1. Tendrán la consideración de personal directivo del instituto el director-gerente y el director del Festival Internacional de Cine Cinema Jove.
2. La Presidencia del Consejo Rector nombrará y, en su caso, destituirá al personal directivo del instituto.»
3. Se modifica el artículo 14 del reglamento de funcionamiento, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 14. Atribuciones del personal directivo del instituto
1. Son atribuciones del director-gerente (...)
2. El director del Festival Internacional de Cine Cinema Jove, que actuará bajo la superior dirección del director-gerente del instituto, contará con las siguientes atribuciones:
a) Dirigir la elaboración del programa de actividades del festival, y del diseño de contenidos de las diferentes secciones a concurso, así como de los ciclos, homenajes u otros apartados de que conste el certamen.
b) Dirigir la elaboración de las bases de participación en el festival y coordinar su difusión.
c) Coordinar la selección de las obras a concurso de entre las presentadas al festival en los distintos comités de selección.
d) Establecer el calendario de desplazamientos a festivales nacionales e internacionales para la captación de películas que se proyectarán en Cinema Jove.
e) Elaborar la propuesta de presupuesto anual del festival, dirigir su correcta ejecución, dando cuenta periódicamente de su gestión y resultados ante la dirección-gerencia.
f) Supervisar el cumplimiento de los contratos por prestación de servicios o suministros que se realicen, e informar sobre su ejecución.
g) Dirigir la regiduría del festival, así como el protocolo del mismo.
h) Coordinar la gestión de los distintos acuerdos de colaboración con las distintas entidades públicas y privadas que participan en el festival, así como las relaciones con otros festivales nacionales e internacionales.
i) Dirigir la elaboración de la programación, del catálogo del festival, y de cualquiera otra publicación que el festival realice.
j) Coordinar la devolución de todas las obras presentadas a concurso, así como las de los ciclos y secciones especiales del festival.
k) Elaborar la memoria anual de actividades del festival y el informe-balance final de cada edición del certamen.
l) Supervisar las acreditaciones enviadas y recibidas.
m) Controlar los recursos materiales puestos a disposición del festival y procurar para que se haga un uso racional, eficaz y eficiente de los mismos.
n) Las que expresamente le encomiende el director gerente del instituto, en el ámbito de la dirección y gestión del Festival Internacional de Cine Cinema Jove.»
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 28 de septiembre de 2007
El president de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ
La consellera de Cultura y Deporte,
TRINIDAD MARÍA MIRÓ MIRA

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