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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se minoran y dejan sin efecto determinadas concesiones de ayudas para la adquisición de colecciones bibliográficas publicadas por editoriales valencianas destinadas a bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunitat Valenciana. [2009/13910]

(DOGV núm. 6160 de 07.12.2009) Ref. Base Datos 013723/2009

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se minoran y dejan sin efecto determinadas concesiones de ayudas para la adquisición de colecciones bibliográficas publicadas por editoriales valencianas destinadas a bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunitat Valenciana. [2009/13910]
Por Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Conselleria Cultura y Deporte, se adjudicaron las ayudas, publicadas en el DOCV núm. 6087, de 26 de agosto de 2009.
La citada Resolución de 17 de agosto establecía en sus bases los requisitos para la concesión de ayudas, solicitudes y plazos máximos de justificación.
Finalizado el plazo y el proceso de presentación de justificaciones a las ayudas mencionadas y en virtud de las competencias transferidas a la Generalitat en materia de cultura por el Real Decreto 3.066/1983, de 13 de octubre; de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y de conformidad con la citada convocatoria, resuelvo:
Primero
Minorar la adjudicación de la ayuda a los siguientes beneficiarios en la cantidad que se indica, por no haber justificado correctamente en su totalidad la subvención concedida:
AGULLENT
Minoración 80,13 euros
La ayuda percibida será de 90,00 euros
AIELO DE MALFERIT
Minoración 90,04 euros
La ayuda percibida será de 236,11 euros
ALACANT
Minoración 1.429,44 euros
La ayuda percibida será de 14.670,56 euros
ALAQUAS
Minoración 664,00 euros
La ayuda percibida será de 1.507,74 euros
ALBAL
Minoración 109,83 euros
La ayuda percibida será de 958,16 euros
ALBALAT DE LA RIBERA
Minoración 19,48 euros
La ayuda percibida será de 227,29 euros
ALBORAYA
Minoración 249,41 euros
La ayuda percibida será de 1.303,78 euros
ALBUIXECH
Minoración 1,45 euros
La ayuda percibida será de 260,94 euros
ALCASSER
Minoración 211,63 euros
La ayuda percibida será de 415,63 euros
ALMORADI
Minoración 422,57 euros
La ayuda percibida será de 868,87 euros
AYORA
Minoración 2,88 euros
La ayuda percibida será de 392,15 euros
BENETUSSER
Minoración 250,78 euros
La ayuda percibida será de 777,12 euros
BENIARJO
Minoración 95,55 euros
La ayuda percibida será de 22,55 euros
BENICASSIM
Minoración 1.095,87 euros
La ayuda percibida será de 146,78 euros
BENIFAIO
Minoración 36,78 euros
La ayuda percibida será de 841,50 euros
BENIMELI
Minoración 74,08 euros
La ayuda percibida será de 25,92 euros
BICORP
Minoración 81,82 euros
La ayuda percibida será de 18,18 euros
BIGASTRO
Minoración 162,02 euros
La ayuda percibida será de 312,10 euros
BORRIOL
Minoración 2,15 euros
La ayuda percibida será de 337,17 euros
BURRIANA
Minoración 914,93 euros
La ayuda percibida será de 1.478,32 euros
CABANES
Minoración 0,48 euros
La ayuda percibida será de 210,74 euros
CARLET
Minoración 289,50 euros
La ayuda percibida será de 803,60 euros
CASTELLO DE LA PLANA
Minoración 1.384,02 euros
La ayuda percibida será de 11.039,16 euros
CATARROJA
Minoración 355,45 euros
La ayuda percibida será de 1.490,50 euros
CATRAL
Minoración 153,90 euros
La ayuda percibida será de 429,39 euros
CHIVA
Minoración 1,70 euros
La ayuda percibida será de 925,95 euros
COCENTAINA
Minoración 502,67 euros
La ayuda percibida será de 304,00 euros
CREVILLENT
Minoración 202,42 euros
La ayuda percibida será de 1.825,03 euros
DENIA
Minoración 263,85 euros
La ayuda percibida será de 2.809,42 euros
EL CAMPELLO
Minoración 1,11 euros
La ayuda percibida será de 1.802,02 euros
EL PERELLÓ (SUECA)
Minoración 18,00 euros
La ayuda percibida será de 123,77 euros
ELX
Minoración 1.326,20 euros
La ayuda percibida será de 14.680,78 euros
GODELLA
Minoración 0,06 euros
La ayuda percibida será de 935,00 euros
GODELLETA
Minoración 12,43 euros
La ayuda percibida será de 206,20 euros
LA FONT DE LA FIGUERA
Minoración 3,20 euros
La ayuda percibida será de 157,79 euros
LA LLOSA DE CAMACHO (ALCALALÍ)
Minoración 7,26 euros
La ayuda percibida será de 92,74 euros
LA POBLA DE FARNALS
Minoración 10,53 euros
La ayuda percibida será de 475,39 euros
LA POBLA LLARGA
Minoración 215,34 euros
La ayuda percibida será de 102,75 euros
LA VALL D`UIXO
Minoración 0,22 euros
La ayuda percibida será de 2.301,13 euros
LA VILA JOIOSA
Minoración 1.717,39 euros
La ayuda percibida será de 481,19 euros
L`ALCUDIA DE CRESPINS
Minoración 245,84 euros
La ayuda percibida será de 108,88 euros
L`ELIANA
Minoración 294,60 euros
La ayuda percibida será de 881,98 euros
LLOMBAI
Minoración 124,56 euros
La ayuda percibida será de 62,55 euros
MANISES
Minoración 130,27 euros
La ayuda percibida será de 2.012,75 euros
MASSAMAGRELL
Minoración 4,41 euros
La ayuda percibida será de 1.044,00 euros
MASSANASSA
Minoración 18,37 euros
La ayuda percibida será de 580,75 euros
MIRAMAR
Minoración 72,63 euros
La ayuda percibida será de 70,15 euros
MONCADA
Minoración 20,31 euros
La ayuda percibida será de 1.498,84 euros
MONCOFA
Minoración 38,76 euros
La ayuda percibida será de 360,73 euros
MONTSERRAT
Minoración 302,36 euros
La ayuda percibida será de 90,00 euros
MURO DE ALCOY
Minoración 353,79 euros
La ayuda percibida será de 265,92 euros
MUSEROS
Minoración 0,47 euros
La ayuda percibida será de 347,42 euros
MUTXAMEL
Minoración 244,07 euros
La ayuda percibida será de 1.221,46 euros
NULES
Minoración 81,56 euros
La ayuda percibida será de 854,51 euros
ONTINYENT
Minoración 1.831,18 euros
La ayuda percibida será de 809,64 euros
ORBA
Minoración 78,30 euros
La ayuda percibida será de 101,83 euros
ORPESA
Minoración 63,89 euros
La ayuda percibida será de 627,93 euros
PATERNA
Minoración 4.046,99 euros
La ayuda percibida será de 202,14 euros
PICASSENT
Minoración 368,08 euros
La ayuda percibida será de 967,33 euros
PILES
Minoración 21,07 euros
La ayuda percibida será de 170,65 euros
PINOSO
Minoración 48,22 euros
La ayuda percibida será de 487,36 euros
PUÇOL
Minoración 212,76 euros
La ayuda percibida será de 1.078,83 euros
REAL DE MONTROI
Minoración 0,50 euros
La ayuda percibida será de 154,23 euros
REQUENA
Minoración 235,33 euros
La ayuda percibida será de 1.235,67 euros
ROTOVA
Minoración 20,72 euros
La ayuda percibida será de 79,28 euros
SALINAS
Minoración 6,21 euros
La ayuda percibida será de 103,32 euros
SANT JOAN D`ALACANT
Minoración 1,45 euros
La ayuda percibida será de 1.509,64 euros
SANT JOAN DE MORO
Minoración 2,18 euros
La ayuda percibida será de 181,05 euros
SANT VICENT DEL RASPEIG
Minoración 439,74 euros
La ayuda percibida será de 3.111,17 euros
SAX
Minoración 330,11 euros
La ayuda percibida será de 369,12 euros
SEDAVI
Minoración 64,86 euros
La ayuda percibida será de 624,22 euros
SEGORBE
Minoración 199,01 euros
La ayuda percibida será de 440,70 euros
SERRA
Minoración 4,05 euros
La ayuda percibida será de 200,19 euros
TAVERNES DE LA VALLDIGNA
Minoración 612,94 euros
La ayuda percibida será de 682,75 euros
UTIEL
Minoración 131,00 euros
La ayuda percibida será de 736,41 euros
VALL D`ALBA
Minoración 157,89 euros
La ayuda percibida será de 39,80 euros
VENTA DEL MORO
Minoración 14,69 euros
La ayuda percibida será de 85,31 euros
VILAFAMES
Minoración 0,40 euros
La ayuda percibida será de 134,32 euros
VILA-REAL
Minoración 2.648,62 euros
La ayuda percibida será de 880,99 euros
VINAROS
Minoración 524,80 euros
La ayuda percibida será de 1.416,65 euros
XATIVA
Minoración 599,68 euros
La ayuda percibida será de 1.458,35 euros
XERACO
Minoración 95,75 euros
La ayuda percibida será de 326,77 euros
Segundo
Dejar sin efecto la adjudicación de la ayuda a los siguientes beneficiarios por renuncia a la ayuda, no haber justificado en plazo o haber justificado toda la ayuda incorrectamente:
ADSUBIA
AIGÜES
AIN
ALBAIDA
ALBALAT DELS TARONGERS
ALBATERA
ALBOCASSER
ALBORACHE
ALCOCER DE PLANES
ALCUBLAS
ALCUDIA DE VEO
ALFAFARA
ALFARP
ALFONDEGUILLA
ALGIMIA DE ALFARA
ALGIMIA DE ALMONACID
ALGINET
ALGUEÑA
ALMASSORA
ALMEDIJAR
ALMISERA
ALQUERIAS DEL NIÑO PERDIDO
ALTURA
ANNA
ANTELLA
ARAS DE LOS OLMOS
ASPE
AYODAR
BARX
BARXETA
BEJIS
BELLUS
BENAGEBER
BENASAU
BENEJUZAR
BENFERRI
BENIARBEIG
BENIARDA
BENIARRES
BENIFATO
BENIJOFAR
BENIMANTELL
BENIMARFULL
BENIMUSLEM
BENIPARRELL
BENISANO
BENISSA
BETXI
BUFALI
BUÑOL
BURJASSOT
BUSOT
CALLES
CALLOSA D`EN SARRIA
CALP
CAMPORROBLES
CANALS
CANET D`EN BERENGUER
CAÑADA
CARCER
CASTALLA
CASTELLNOVO
CATADAU
CATI
CAUDIEL
CERDA
CERVERA DEL MAESTRE
CHELVA
CHERA
CINCTORRES
CIRAT
COFRENTES
CORBERA
CORTES DE ARENOSO
COSTUR
COTES
CULLA
DAIMUS
DAYA NUEVA
DAYA VIEJA
DOMEÑO
EL CASTELL DE GUADALEST
EL PALOMAR
EL TORO
EL VERGER
EMPERADOR
ENGUERA
ESLIDA
ESTIVELLA
FACHECA
FANZARA
FAURA
FAVARA
FIGUEROLES
FOIOS
FORTALENY
GAIANES
GAIBIEL
GATOVA
GELDO
GRANJA DE ROCAMORA
HIGUERUELAS
HONDON DE LOS FRAILES
JALANCE
LA GRANJA DE LA COSTERA
LA JANA
LA NUCIA
LA POBLA DE VALLBONA
LA POBLA TORNESA
LA ROMANA
LA TORRE DE LES MAÇANES
LA VALL DE LAGUAR
L`ALCUDIA
L`ALQUERIA D`ASNAR
L`ALQUERIA DE LA COMTESSA
L`ENOVA
LES COVES DE VINROMA
LLANERA DE RANES
LLIBER
L`ORXA
LOS MONTESINOS
LUCENA DEL CID
MACASTRE
MANUEL
MARINES
MILLENA
MISLATA
NOVETLE
OLOCAU
ONIL
PALMERA
PEGO
PICANYA
PILAR DE LA HORADADA
PLANES
PORTELL DE MORELLA
PUIG
QUART DE LES VALLS
RAFAL
RAFELGUARAF
RAFOL DE SALEM
REDOVAN
RELLEU
RIBA-ROJA DE TURIA
ROCAFORT
ROSSELL
ROTGLA I CORBERA
SAN FULGENCIO
SAN ISIDRO
SANET Y NEGRALS
SANT MATEU
SANTA MAGDALENA DE PULPIS
SELLA
SELLENT
SIETE AGUAS
SIMAT DE LA VALLDIGNA
SINARCAS
SONEJA
SOT DE FERRER
SUERA
SUMACARCER
TERESA DE COFRENTES
TERRATEIG
TIBI
TITAGUAS
TORMOS
TORRALBA DEL PINAR
TORREBLANCA
TUEJAR
VALENCIA
VALL DE GALLINERA
VILLAFRANCA DEL CID
VILLANUEVA DE CASTELLON
VILLAR DEL ARZOBISPO
VISTABELLA DEL MAESTRAZGO
XABIA
XIXONA
XODOS
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso potestativo de reposición ante la directora general del Libro, Archivos y Bibliotecas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Valencia, 17 de noviembre de 2009.- La directora general del Libro, Archivos y Bibliotecas: Silvia Caballer Almela.

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