Decreto 67/1983, de 28 de junio, sobre modificación del número y denominación de las Consellerias del Consell de la Generalidad Valenciana.
(DOGV núm. 110 de 29.06.1983) Ref. Base Datos 0237/1983
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 29.06.1983 Notas: Se decreta la modificación del artículo 19 del Reglamento de Régimen Interior del Consell, en el sentido de que el Consell queda estructurado en las siguientes Consellerias con carácter ejecutivo: - De la Presidencia. - De Economía y Hacienda. - De Gobernación. - De Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. - De Cultura, Educación y Ciencia. - De Sanidad, Seguridad Social y Trabajo. - De Industria, Comercio y Turismo. - De Agricultura, Pesca y Alimentación. Esta disposición afecta a: Modifica a: -
Análisis documental
Origen disposición: Presidencia del Consell Grupo Temático: Reglamentación, Legislación Materias: Organización de la administración Descriptores: Temáticos: administración regional, competencias del ejecutivo , Gobierno Valenciano, Conselleria Presidencia, Conselleria Economía y Hacienda, Conselleria Gobernación, Conselleria Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Conselleria Cultura, Educación y Ciencia, Conselleria Sanidad, Seguridad Social y Trabajo, Conselleria Industria, Comercio y Turismo, Conselleria Agricultura, Pesca y Alimentación
Decreto 67/1983, de 28 de junio, sobre modificación del número y denominación de las Consellerias del Consell de la Generalidad Valenciana.
El Consell de la Generalidad Valenciana, en sesión celebrada el día 28 de junio de 1983, aprobó el siguiente Decreto.
Primero.-Modificar el número y denominación de las Consellerías del Consell de la Generalidad Valenciana establecidos en el artículo 19 del Reglamento de Régimen Interior del Consell aprobado por Decreto de 3 de diciembre de 1982, Diario Oficial dela Generalidad Valencia número 85, correspondiente al día 17 de diciembre de 1982, en el sentido de que el Consell queda estructurado en las siguientes Consellerías con carácter ejecutivo:
- De la Presidencia.
- De Economía y Hacienda.
- De Gobernación.
- De Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.
- De Cultura, Educación y Ciencia.
- De Sanidad, Seguridad Social y Trabajo.
- De Industria, Comercio y Turismo.
- De Agricultura, Pesca y Alimentación.
Segundo.-El referido artículo 19 del Reglamento de Régimen Interior queda, por tanto, modificado en el número y relación de Departamentos en los términos establecidos en el apartado anterior.
Tercero.-Sin perjuicio de las facultades de la Presidencia de la Generalidad establecidas en el artículo séptimo, apartado 15, del Reglamento de Régimen Interior del Consell, sobre asignación de funciones a las distintas Consellerías, quedan atribuidas las funciones que hasta ahora tenían la Consellería de Transportes y Turismo y la Subsecretaria de Programación Económica de la Presidencia de la siguiente manera:
- Las funciones correspondientes a Transportes, a la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.
- Las correspondientes a Turismo, a la Consellería de Industria, Comercio y Turismo.
- Y las de Programación Económica, a la Consellería de Economía y Hacienda.
Valencia, 28 de junio de 1983.
El Presidente de la Generalidad,
JUAN LERMA BLASCO