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Orden de 5 de marzo de 1987, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones para la documentación de máquinas recreativas y de azar.

(DOGV núm. 554 de 26.03.1987) Ref. Base Datos 0507/1987

Orden de 5 de marzo de 1987, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones para la documentación de máquinas recreativas y de azar.
Existiendo en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, máquinas recreativas con premio o tipo B, que todavía no han obtenido la Guía Definitiva, tal como estaba previsto en la Orden del Ministerio del Interior de fecha 7 de octubre de 1983, y al objeto de adaptar la documentación existente en las mismas conformes a lo previsto en el Decreto 106/86, de 19 de agosto del Consell de la Generalidad Valenciana, y de acuerdo con lo establecido en el apartado e) del artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre de Gobierno Valenciano,
DISPONGO:
Primero
Los titulares de permisos de explotación de máquinas recreativas con premio o tipo B afectados por la Orden del Ministerio del Interior de 7-10-83, que hubieren solicitado dentro de los plazos reglamentarios que se establecen, la concesión de las Guías y no se les hubiera denegado expresamente por la Comisión Nacional del Juego, deberán solicitar a los Servicios Territoriales de la Consellería de Economía y Hacienda la expedición de las Guías Provisionales a que se refiere el artículo 1 1.2.b) del Decreto 106/1986, de 19 de agosto.
Segundo
El plazo de solicitud de las Guías Provisionales será de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente disposición y deberán acompañar a la misma la siguiente documentación:
-Justificación documental de la solicitud de Guía de Circulación sellada en el Gobierno Civil correspondiente.
-Justificación de poseer los nuevos Boletines a que se refiere el art. 13 del Decreto 106/1986, de 19 de agosto.
Ejecutadas las comprobaciones correspondientes los Servicios Territoriales procederán a la expedición de las Guías Provisionales.
Tercero
Las indicadas Guías Provisionales tendrán una validez máxima de tres meses y deberán canjearse en los Servicios Territoriales en el momento en que se expida y se les entregue la Guía Definitiva.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 5 de marzo de 1987.-El Conseller de Economía y Hacienda: Antonio Birlanga Casanova.

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