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Decreto 35/1992, de 2 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 152/1991, de 29 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se establecieron las bases y criterios uniformes para la selección, formación, promoción y movilidad de las policías locales, escala básica.

(DOGV núm. 1739 de 06.03.1992) Ref. Base Datos 0529/1992

Decreto 35/1992, de 2 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 152/1991, de 29 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se establecieron las bases y criterios uniformes para la selección, formación, promoción y movilidad de las policías locales, escala básica.
El establecimiento de unas bases y criterios mínimos para la selección, formación, promoción y movilidad de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana no era sólo una exigencia de la Ley 2/1990, de 4 de abril, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana, sino también una demanda de todos los sectores implicados en la organización y tareas de la Policía Local.
En atención a ello se dictó el Decreto 152/1991, de 29 de agosto, del Gobierno Valenciano, que, entre otras cuestiones, en su artículo 1.6 regula los requisitos mínimos que deben reunir los aspirantes a policía local. El apartado c) de dicho artículo establece la estatura mínima que deben tener los hombres en 1,70 metros y las mujeres en 1,65 metros.
La experiencia de otras comunidades autónomas, así como las medias de estatura de la población española, aconsejan reducir en cinco centímetros dicha estatura, uniformando, de este modo, este requisito con los exigidos a las policías locales de la mayor parte del Estado, teniendo en cuenta, además, su carácter de mínimo.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 4.1.b) y disposición final primera de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1990, de 4 de abril, y previo informe de la Comisión de Coordinación de policías locales, a propuesta del Conseller de Administración Pública y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 2 de marzo de 1992,
DISPONGO
Artículo único
El apartado c) del punto 6 del artículo 1 del Decreto 152/1991, de 29 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se establecieron las bases y criterios uniformes para la selección, formación, promoción y movilidad de las policías locales, escala básica, queda redactado en los siguientes términos:
«c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, y tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres».
DISPOSICION FINAL
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 2 de marzo de 1992.
El President de la Generalitat Valenciana,
JOAN LERMA I BLASCO
El Conseller d’Administració Pública,
EMERIT BONO I MARTINEZ

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