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Resolución de 21 de febrero de 1991, de la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria, por la que se constituye el Comité de Trabajo para el Plan de Informatización Básica de Atención Primaria, (PIBAP).

(DOGV núm. 1501 de 11.03.1991) Ref. Base Datos 0697/1991

Resolución de 21 de febrero de 1991, de la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria, por la que se constituye el Comité de Trabajo para el Plan de Informatización Básica de Atención Primaria, (PIBAP).
El Decreto 159/1987 de 21 de Septiembre por el que se aprueba el reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad y Consumo, en su artículo 18.n, asigna como función a la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria: «Controlar el rendimiento y evaluar la calidad de los recursos sanitarios en las áreas de asistencia primaria y especializada mediante el establecimiento de un sistema de información sanitaria que proporcione indicadores objetivos y estadísticamente válidos».
El Plan de Informatización Básica de Atención Primaria supone la implantación de un sistema de información homogéneo, fiable y suficiente que posibilita los procesos de gestión, la elaboración de indicadores de actividad y el control de la calidad asistencial en los mismos.
En grandes líneas, el Plan de Informatización Básico de Atención Primaria debe agrupar las siguientes áreas:
Admisión-citación
Gestión de datos básicos
Explotación de datos/indicadores
A su vez es importante resaltar que existen en estos momentos acciones desarrolladas, que condicionan el modelo futuro de dicho Plan, como es la implantación de la tarjeta sanitaria individual, desde la perspectiva de su necesaria incorporación al paquete de gestión que antes se comentaba.
Siendo esta Dirección General competente para resolver, de acuerdo con las funciones asignadas en el artículo 18.n del Decreto 159/87, resuelvo:
Primero
Constituir el Comité del Proyecto PIBAP, como instrumento de trabajo de la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria.
Segundo
Dicho Comité tendrá como funciones el estudio y discusión de las líneas básicas del Proyecto PIBAP, elevando a la Dirección General las propuestas de desarrollo del mismo.
Tercero
En el Comité del PIBAP estarán representados:
- Servicio de Planificación de la Atención Primaria de la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria.
- Servicio de Asistencia Primaria y Servicio de Informática del Servicio Valenciano de Salud.
- Responsables de Area de Atención Primaria del Servicio Valenciano de Salud.
- Miembros de Equipos de Atención Primaria con experiencia en Sistemas de Información en Atención Primaria.
Cuarto
La designación de los vocales del Comité del PIBAP, se efectuará según lo previsto en el artículo séptimo del Decreto 47/1988, de 12 de abril.
Valencia, 21 de febrero de 1991.- El Director General de Planificación de la Asistencia Sanitaria: José Cuñat de la Hoz.

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