Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

Orden de 2 de marzo de 1993, de la Conselleria de Sanidad y Consumo, por la que acuerda establecer la composición de las mesas de contratación que se constituyan para la adjudicación de contratos administrativos que se realicen en el ámbito de las competencias de esta conselleria.

(DOGV núm. 2002 de 13.04.1993) Ref. Base Datos 0764/1993

Orden de 2 de marzo de 1993, de la Conselleria de Sanidad y Consumo, por la que acuerda establecer la composición de las mesas de contratación que se constituyan para la adjudicación de contratos administrativos que se realicen en el ámbito de las competencias de esta conselleria.
El artículo 102 del Reglamento General de Contratación establece la composición general de las mesas de contratación.
Ahora bien, la delegación exhaustiva de competencias en materia de contratación administrativa entre diversos centros gestores dependientes de la Conselleria de Sanitat i Consum o del Servei Valencià de Salut hace necesaria la determinación de los funcionarios que deberán configurar la composición de las distintas mesas de contratación, y ello en aras de mantener una unidad de actuación y homogeneidad de criterios que salvaguarden los derechos de la administración y de los licitadores en los concursos y subastas.
Por todo ello,
ORDENO
Artículo primero
Las mesas de contratación que constituyan los diversos centros gestores dependientes de la Conselleria de Sanitat i Consum o del Servei Valencià de Salut, estarán configuradas de la manera siguiente:
- En todo caso, el presidente será el Director General de Règim Econòmic o persona en quien delegue.
La delegación de la presidencia de la mesa se hará siempre por resolución del órgano delegante.
- Los centros gestores designarán hasta dos vocales, que variarán en función del objeto a que el contrato se refiera.
No obstante, la Direcció General de Règim Econòmic podrá nombrar uno de ellos cuando por naturaleza del contrato existan técnicos en los servicios centrales encargados de la coordinación de la materia objeto de contratación.
- Un representante de los servicios jurídicos de la Conselleria de Sanitat i Consum o del Servei Valencià de Salut.
- Un representante de la Intervenció Delegada de la Conselleria de Sanitat i Consum o del Servei Valencià de Salut.
- El secretario de la mesa de contratación será designado por el Director General de Règim Econòmic, como presidente titular de la misma.
Artículo segundo
Para la constitución concreta de cada una de las mesas de contratación, el centro gestor del expediente elevará al Director General de Régim Econòmic la propuesta pertinente con la designación de los vocales elegidos, a fin de que por mismo, y mediante resolución, ordene la composición de la mesa, con la delegación de la presidencia, en su caso, así como también, si procede, el nombramiento del vocal y, siempre, del secretario.
La delegación de la presidencia de la mesa de contratación y la designación del secretario y los vocales, podrá contener el nombramiento tanto de titulares como de suplentes.
DISPOSICION DEROGATORIA
Unica
Quedan derogadas cualesquiera otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Autorizo a la Direcció General de Règim Econòmic para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución de la presente orden.
Segunda
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 2 de marzo de 1993.
El Conseller de Sanitat i Consum,
JOAQUIN COLOMER SALA

linea
Mapa web