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Resolución de 11 de abril de 1989, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se asigna y distribuye entre los diversos instrumentos de apoyo, la dotación presupuestaria destinada a las Sociedades de Garantía Recíproca inscritas en el Registro de la Comunidad Valenciana.

(DOGV núm. 1056 de 03.05.1989) Ref. Base Datos 0936/1989

Resolución de 11 de abril de 1989, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se asigna y distribuye entre los diversos instrumentos de apoyo, la dotación presupuestaria destinada a las Sociedades de Garantía Recíproca inscritas en el Registro de la Comunidad Valenciana.
El Decreto 59/1986, de 5 de mayo del Gobierno Valenciano, por el que se regula la actuación de la Generalitat en las SGR de la Comunidad Valenciana, establece en su artículo sexto- dos que la distribución entre los diversos instrumentos de apoyo y las SGR inscritas en el Registro Especial de la dotación global presupuestaria, corresponderá a la Consellería de Economía y Hacienda.
Asimismo, la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana fue inscrita con el número uno, el día 31 de mayo de 1988, en el Registro Especial de la Comunidad Valenciana.
Por todo ello, resuelvo:
Primero
Adjudicar a la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunidad Valenciana un máximo de 245 millones de pesetas de la Sección 6ª del Presupuesto de la Generalitat Valenciana de 1989, cuya disposición se efectuará según lo previsto en el Decreto 59/1986, de 5 de mayo del Consell de la Generalitat Valenciana, Orden de 10 de mayo de 1988 de la Consellería de Economía y Hacienda, y disposiciones que las desarrollen o modifiquen.
Segundo
La distribución entre los diversos instrumentos de ayuda a la SGR de la Comunitat Valenciana, una vez conocidas sus previsiones, se efectuará de la siguiente manera:
a) Apoyos financieros en el momento inicial:
- Suscripción de cuotas sociales 100.000.000 PTA
b) El resto de apoyos financieros a percibir por la SGR de la Comunidad Valenciana asciende como máximo a 145.000.000 PTA, haciéndose efectivos en función de las operaciones formalizadas o denegadas, en su caso, tal y como se establece en las disposiciones correspondientes. La distribución de esta cuantía entre los diversos instrumentos de apoyo es la siguiente:
- Suscripción de cuotas sociales 15.000.000 PTA
- Subvención al Fondo de Garantía General 30.000.000 PTA
- Aportación a cuenta del Socio Partícipe al Fondo de Garantía General 90.000.000 PTA
- Subvención a la Cuenta de Explotación por operaciones denegadas 10.000.000 PTA
145.000.000 PTA
Total Apoyos Financieros 245.000.000 PTA
Valencia, 13 de abril de 1989. - El Conseller de Economía y Hacienda: Antoni Birlanga Casanova.

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