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ORDEN de 13 de marzo de 2000, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se desarrolla el Decreto 90/1999, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente. [2000/F2321]

(DOGV núm. 3720 de 30.03.2000) Ref. Base Datos 1022/2000

ORDEN de 13 de marzo de 2000, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se desarrolla el Decreto 90/1999, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente. [2000/F2321]
Aprobado el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Medio Ambiente, que incluye en su estructura el nivel directivo de la misma y la Secretaría General Administrativa, se hace preciso el desarrollo de dichos órganos hasta el nivel de jefatura de servicio.
Por ello, y en uso de las facultades que me atribuye el Decreto 90/1999, de 30 de julio, y los artículos 35.e y 71 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, visto lo dictaminado por la Dirección General de la Función Pública y con el informe favorable de la Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro,
ORDENO
Artículo 1. Del conseller
Depende directamente del conseller:
- El Gabinete del Conseller, como órgano de apoyo directo y asistencia inmediata al conseller.
Artículo 2. De la Secretaría General
Integran la Secretaría General las siguientes unidades:
A) La Secretaría General Administrativa
B) El Gabinete Técnico
C) El Área Jurídica
D) El Área de la Inspección Medioambiental
A) De la Secretaría General Administrativa dependen los siguientes servicios:
- Servicio de Gestión Administrativa. Tiene a su cargo el estudio y las propuestas en materia de personal propias de la conselleria; estudiar, preparar y formalizar los expedientes de contratación administrativa de obras, servicios y suministros, y registro y custodia de documentos.
- Servicio de Gestión Económico-Presupuestaria. Le compete la preparación y gestión presupuestaria, la tramitación de documentos de ingresos y pagos, el movimiento de fondos de la conselleria y, en general, las funciones propias de las oficinas presupuestarias; asimismo, participar en las propuestas y efectuar la tramitación que tenga por finalidad la obtención de fondos externos a la Generalitat Valenciana, y realizar las actuaciones referentes a la adquisición y arrendamiento de inmuebles.
- Servicio de Supervisión de Proyectos. Le corresponde el examen e informe, y en su caso elaboración y dirección de obra, de los proyectos de la conselleria, así como las modificaciones de los mismos; la vigilancia del cumplimiento de las normas reguladoras en la materia y cuantas funciones le atribuya la legislación de contratos de las administraciones públicas.
- Servicio de Organización, Técnicas de Gestión e Informática. Tiene a su cargo la ordenación, coordinación, supervisión y control del esquema organizativo de la conselleria, el control del rendimiento y buen funcionamiento de los servicios y del personal adscrito a la misma, la simplificación y normalización de sus procedimientos administrativos. Le corresponde cuidar de la armonización del material y documentación informática utilizados por la conselleria; coordinará e impulsará las acciones realizadas en la materia; asesorará a las distintas unidades y desarrollará los criterios para la adquisición y utilización de bienes y servicios informáticos, garantizando una adecuada compatibilidad de los mismos, así como la tramitación administrativa de los convenios de la conselleria.
- Servicio de Asuntos Generales. Tiene asignado el impulso, control y gestión de todos los expedientes de tramitación de los asuntos generales de la conselleria, tales como régimen interior, inventario, mantenimiento y los contratos menores, así como la supervisión y coordinación del parque móvil y de las instalaciones de la conselleria.
B) El Gabinete Técnico, con rango de área. Tiene encomendadas las funciones de apoyo y asistencia técnica a la conselleria y, en especial, a sus órganos directivos en los ámbitos de información y documentación, análisis y evaluación, coordinación y relaciones externas, comunicación y publicaciones, así como la dirección de proyectos singulares que en razón de su carácter general o estratégico le sean encomendados.
Se estructura en los siguientes servicios:
1. Servicio de Información y Documentación:
Le corresponde la gestión de un servicio documental de carácter integrado para toda la conselleria. Bases de datos, tratamiento estadístico e indicadores de situación medioambiental. Desarrollo y gestión del Sistema de Información Ambiental de la Comunidad Valenciana.
2. Servicio de Análisis y Evaluación:
Se le encomienda el seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos y actuaciones de la conselleria, así como del medio social en el que se desarrollan los mismos. Análisis de tendencias en política medioambiental y determinación de estrategias generales. Realización de estudios e informes técnicos, incluida la memoria de gestión.
3. Servicio de Coordinación y Relaciones Externas:
Tiene atribuidas funciones de apoyo relativas a la actividad parlamentaria y a las relaciones entre órganos e instituciones, así como la coordinación en proyectos normativos.
4. Servicio de Comunicación y Publicaciones:
Se le asigna el apoyo y la asistencia a los órganos de dirección en procesos de comunicación en general. La tramitación administrativa y la supervisión de publicaciones, inserción en medios de comunicación, publicidad, etc. Diseño de campañas, ediciones de libros, folletos, audiovisuales, etc. Mantenimiento y gestión de la página web de la conselleria. Imagen corporativa y señalización.
C) El Área Jurídica. Con las funciones de informar y en su caso elaborar las normas de carácter general que emanen de la conselleria, así como la emisión de propuestas de revisión o refundición de textos normativos de ésta. El asesoramiento jurídico a los órganos directivos de la conselleria. La realización de informes jurídicos en aquellos asuntos que deban ser dictaminados por el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, que se estime necesario por el órgano directivo competente o sea preceptivo, respecto de los convenios o acuerdos que suscriba la Generalitat Valenciana en las materias propias de la conselleria, en materia de contratación administrativa y respecto de los recursos administrativos que se interpongan contra actos o normas de la conselleria. Elaboración de compilaciones de disposiciones vigentes. En coordinación con el Gabinete Jurídico de la Presidencia, la gestión de los procedimientos ante las distintas jurisdicciones.
D) El Área de la Inspección Medioambiental. Ejerce las funciones de vigilancia y control del cumplimiento de las materias propias de la conselleria para la defensa del medio ambiente, propone el programa de inspección y la tramitación e instrucción de los expedientes sancionadores en las mencionadas materias, así como informar sobre los recursos que se formulen contra los actos que impongan sanciones. Se integra en la Inspección el Servicio de Coordinación de la Inspección Técnica, al que le corresponde la coordinación y dirección técnica de los distintos inspectores medioambientales, así como la participación en el Plan Territorial de Emergencia de la Comunidad Valenciana en aquellas materias propias de la Inspección, y la tramitación de las diligencias preliminares para la averiguación de los ilícitos medioambientales.
Artículo 3. De la Dirección General de Educación y Calidad Ambiental
Se estructura en las siguientes áreas:
A) Área de Educación Ambiental. Le corresponde especialmente la planificación, promoción y ordenación de los centros de educación ambiental, así como ejecutar los programas de información, sensibilización y comunicación ambiental.
De ésta dependen los siguientes servicios:
- Servicio de Programación y Comunicación Ambiental. Tiene asignada la elaboración y desarrollo de planes de información y sensibilización ambiental, promoción de estrategias de mejora e integración de la variable ambiental en los distintos colectivos sociales.
- Servicio de Formación Ambiental. Le compete la planificación y desarrollo de programas, cursos y actividades formativas en materia de educación ambiental, así como la prospección de las necesidades en esta materia en los distintos colectivos.
B) Área de Calidad Ambiental. Le corresponde planificar y ejecutar los programas de gestión de residuos, de contaminación atmosférica, acústica y el control de aguas y vertidos.
Se estructura en los siguientes servicios:
- Servicio de Gestión de Residuos. Se le asigna la tramitación de las autorizaciones de las actividades de producción y gestión de residuos y su vigilancia, el mantenimiento y actualización de los registros de productores y de gestores de residuos, la tramitación de autorizaciones de transporte de residuos para la entrada y salida de la Comunidad Valenciana, así como el fomento de las prácticas de minimización, de implantación de su recogida selectiva y de reutilización, recuperación y reciclaje de residuos, y, en general, el ejercicio de las actuaciones competencia de la Conselleria de Medio Ambiente en materia de residuos y suelos contaminados.
- Servicio de Control de la Contaminación Atmosférica y Acústica. Tiene atribuida la vigilancia y control de la contaminación atmosférica, acústica y por vibraciones, y la tramitación de expedientes relacionados con este tipo de contaminación.
- Servicio de Innovación de la Gestión Ambiental. Le corresponde el desarrollo de las competencias que corresponden a la conselleria en materia de envases y residuos de envases, las funciones sobre implantación de los sistemas de gestión y auditoría medioambiental y sobre la concesión de etiquetas ecológicas y minimización de residuos, y la preparación de certificaciones sobre inversiones ambientales a los efectos de deducciones fiscales.
- Servicio de Calidad de Aguas. Tiene encomendado el seguimiento y control de las actividades relacionadas con los recursos hidrológicos de la Comunidad Valenciana, de la calidad de las aguas sin perjuicio de la competencia de otros organismos, así como la tramitación de autorizaciones de vertidos de aguas residuales a aguas territoriales del estado en el litoral de la Comunidad Valenciana.
Artículo 4. De la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio
Se estructura en las siguientes áreas:
A) Área de Planificación. Le corresponde la formulación y propuesta de la planificación general ambiental con incidencia estratégica en la ordenación del territorio y de programas generales de protección.
De ella dependen los siguientes servicios:
- Servicio de Planificación y Ordenación Sostenible del Medio. Le compete la tramitación de la planificación general de protección de los recursos naturales, la planificación de los espacios naturales protegidos y lugares y zonas especiales de conservación para su integración en la Red Natura 2000, las actuaciones necesarias para el desarrollo de la Agenda 21 respecto de la Comunidad Valenciana, así como la ejecución de la restauración paisajística.
- Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental. Tiene asignadas las evaluaciones de impacto ambiental, su estudio y declaración. El seguimiento y vigilancia del cumplimiento de las condiciones establecidas en las declaraciones de impacto ambiental, así como informar sobre los instrumentos de planeamiento urbanístico y la instrucción de los expedientes de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
B) Área de Gestión del Medio. Le corresponden las estrategias de conservación, uso sostenible de la diversidad biológica y la coordinación de los espacios naturales.
Se estructura en los siguientes servicios:
- Servicio de Conservación y Gestión de la Biodiversidad. Se le encomienda el estudio y protección de la flora y fauna y los ecosistemas de la Comunidad Valenciana, sus consecuentes aplicaciones respecto a su recuperación y gestión, la propuesta de declaración y gestión de la red de microrreservas de flora.
- Servicio de Parques Naturales. Se le asigna la tramitación de la declaración y ordenación de los espacios naturales protegidos y su gestión, y en especial el mantenimiento y dinamización de los parques naturales.
- Servicio de Caza y Pesca. Le compete el estudio y propuesta de directrices para la ordenación de la caza y la pesca continental para un aprovechamiento sostenible, tramitación de períodos hábiles de caza y pesca, vedas especiales, autorizaciones, planes técnicos de caza y pesca, reservas y acotados, fomento y control de especies cinegéticas y sus enfermedades, en coordinación con las unidades de Caza y Pesca de los servicios territoriales.
Artículo 5. De la Dirección General de Recursos Forestales
Se estructura en el Área de Recursos Forestales, a la que corresponde ejecutar el fomento de las masas forestales mediante las prácticas adecuadas, proponer planes técnicos contra la erosión y desertificación y establecer actuaciones contra plagas y enfermedades forestales, así como los planes de prevención contra los incendios forestales.
Dependen de ella los siguientes servicios:
- Servicio de Gestión Forestal. Tiene atribuidas las materias de montes patrimoniales de la Generalitat Valenciana, de los declarados o ser susceptibles de ser declarados de utilidad pública, de los comunales, de los consorciados y convenidos, y de los particulares; el aprovechamiento de las rentas forestales; la conservación y la defensa hidrológico-forestal; las materias relativas a vías pecuarias; la producción y comercialización de materiales forestales de reproducción, así como el control, certificación e inspección del proceso productivo y comercial; el control fitosanitario de viveros y depósitos de semillas forestales.
- Servicio de Prevención de Incendios Forestales. Le compete la dirección técnico-forestal de la lucha contra los incendios forestales, conciliación de intereses, vigilancia fija y móvil, potenciación del voluntariado medioambiental, silvicultura preventiva, infraestructuras de prevención, información geográfica y estadística, e investigación de causas y motivaciones.
Artículo 6. De las áreas
Además de las funciones específicas establecidas para cada área, son funciones comunes a todas ellas las de procurar la coordinación y supervisión de los servicios de ellas dependientes, las relaciones institucionales dimanantes de la actividad propia de los mismos y la ejecución de los programas propios.
Artículo 7. De la organización territorial de la Conselleria de Medio Ambiente
En cada una de las tres provincias de la Comunidad Valenciana existirá una dirección territorial de Medio Ambiente que dependerá orgánicamente del secretario general y funcionalmente de éste y de los directores generales en las materias de su respectiva competencia, sin perjuicio de la superior autoridad del conseller de Medio Ambiente.
Al frente de ésta existirá un director territorial y bajo su directa dependencia el Servicio de Coordinación Medioambiental, que atenderá especialmente la ejecución y supervisión forestal y de calidad ambiental de la provincia, sin perjuicio del ejercicio de aquellas otras funciones que le encomiende el director territorial.
El secretario territorial prestará asistencia técnica al director territorial y ejercerá las atribuciones de asuntos generales de la dirección territorial.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 13 de marzo de 2000
El conseller de Medio Ambiente,

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