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ORDEN de 18 de mayo de 1998, de la Conselleria de Sanidad, por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 1996, de la Conselleria de Sanidad y Consumo, por la que se modifican las condiciones para la ejecución de la prestación ortoprotésica de los productos incluidos en el art. 108 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Decreto 2.065/1974, de 30 de mayo), a través de los establecimientos de ortopedia en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [1998/X4906]

(DOGV núm. 3277 de 02.07.1998) Ref. Base Datos 1309/1998

ORDEN de 18 de mayo de 1998, de la Conselleria de Sanidad, por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 1996, de la Conselleria de Sanidad y Consumo, por la que se modifican las condiciones para la ejecución de la prestación ortoprotésica de los productos incluidos en el art. 108 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Decreto 2.065/1974, de 30 de mayo), a través de los establecimientos de ortopedia en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [1998/X4906]
Considerando la experiencia adquirida en la aplicación de la orden desde su entrada en vigor el 1/9/96.
Habida cuenta de la existencia de sectores profesionales distintos de las ortopedias pero cuyos artículos están incluidos en la prestación ortoprotésica.
Teniendo en cuenta la necesidad de ampliar la oferta de artículos financiados por la Conselleria de Sanidad.
A propuesta de la Comisión Reguladora de la Prestación Ortoprotésica,
ORDENO
Artículo 1
Se añade la siguiente disposición adicional.
«DISPOSICION ADICIONAL
Se podrán establecer acreditaciones limitadas exclusivamente a la dispensación de los siguientes artículos:
- prótesis palatinas.
- prótesis oculares.
Para estos establecimientos todo lo relativo a maquinaria, instalaciones y titulación del personal establecido en el artículo 2 de la Orden 16/7/96 se entenderá referido a los requerimientos específicos de cada tipo de adaptaciones».
Artículo 2
Se modifica el anexo de la Orden en el que se publicaba el Catálogo General de Material Ortoprotésico, añadiendo los siguientes artículos:
«EC0750 Prótesis oculares a medida para el tratamiento de procesos con características especiales:
Grupo: Anexo IV
Precio: sobre presupuesto
Aportación: 4.000
Garantía: 6 meses
Plazo entrega: 15 días
Grupo de elaboración: M
Grupo de facturación: III
Validez: 12 meses
Código ISO: 06 30 30
OI0281 Ortesis para el control de la rodilla. Ortesis para el control de la inestabilidad de la articulación de la rodilla en el sentido medio-lateral, anteroposterior con barras laterales y articulaciones policéntricas con sistema de bloqueo y limitación de la flexo-extensión con limitación gradual del recorrido articular, montadas sobre soporte anatómico en tejido elástico con apertura femoral y tibial, con cierre de tracción anterior y posterior.
Grupo: Ortesis de miembro inferior
Precio: 35.660
Aportación: 5.000
Garantía: 6 meses
Plazo de entrega: 7 días
Grupo de elaboración: S
Grupo de facturación: II
Validez: 12 meses
Código ISO: 06 12 09»
DISPOSICION FINAL
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Valencia, 18 de mayo de 1998
El conseller de Sanidad,
JOAQUIN FARNOS GAUCHIA

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