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Resolución de 10 de junio de 1993, de la Presidencia del Consejo Superior del Cooperativismo, por la que delega funciones en el vicepresidente del referido consejo.

(DOGV núm. 2072 de 21.07.1993) Ref. Base Datos 1757/1993

Resolución de 10 de junio de 1993, de la Presidencia del Consejo Superior del Cooperativismo, por la que delega funciones en el vicepresidente del referido consejo.
El artículo 5 del Reglamento del Consejo Superior del Cooperativismo (DOGV 25.05.88), establece las funciones del presidente del mismo, señalando a su vez el apartado b) del artículo 6 que corresponde al vicepresidente ejercer cuantas funciones le sean delegadas por el presidente.
A fin de agilizar determinadas actuaciones del Consejo Superior del Cooperativismo, resuelvo:
Primero
Delegar en el Vicepresidente del Consejo Superior del Cooperativismo la firma de cuantas resoluciones, dictámenes, informes, cte. tengan su origen en la Comisión de Conciliación y Arbitraje de este consejo, así como de las resoluciones de los expedientes derivados de los artículos 28 y 66 de la Ley 11/1985, de 25 de octubre, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.
Segundo
Lo dispuesto en la presente resolución será efectivo a partir de la fecha de la misma con independencia de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 10 de junio de 1993.- El Presidente del Consejo Superior del Cooperativismo: Martín Sevilla Jiménez.

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