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ORDEN de 18 de abril de 1995, de la Conselleria de Educación y Ciencia por la que se establecen los órganos competentes en materia de devolución de ingresos indebidos de carácter académico.

(DOGV núm. 2560 de 27.07.1995) Ref. Base Datos 1976/1995

ORDEN de 18 de abril de 1995, de la Conselleria de Educación y Ciencia por la que se establecen los órganos competentes en materia de devolución de ingresos indebidos de carácter académico.
El Decreto 151/1994, de 29 de julio, del Gobierno valenciano, regula la devolución de ingresos indebidos por tributos propios y demás ingresos de derecho público de la Generalitat Valenciana.
Dicho decreto establece que el órgano gestor correspondiente realizará la propuesta de devolución a nombre de la persona o entidad a cuyo favor resultara estar hecho el ingreso. Asimismo dispone dicho decreto que el órgano competente (secretario general, director o jefe del servicio económico, en su caso) dictará el acuerdo de devolución.
Con el fin de determinar los órganos que en esta conselleria deben ejercer las funciones antes seÑaladas en orden a la devolución de los ingresos indebidos en materia de tasas y precios públicos de carácter académico y en virtud de lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Gobierno Valenciano
DISPONGO
Primero
Corresponde a los directores de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Conselleria de Educación y Ciencia formular las propuestas de devolución de ingresos indebidos en concepto de tasas y precios públicos de carácter académico que tengan como beneficiarios a los alumnos que tengan la condición de becarios, según lo dispuesto en el Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio.
Segundo
Corresponde a los directores territoriales de Educación adoptar el acuerdo de devolución de ingresos indebidos en los supuestos indicados en el apartado anterior.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se autoriza a la Dirección General de Régimen Económico para que adopten cuantas resoluciones sean necesarias por la ejecución de esta orden.
Segunda
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, no obstante sus efectos se entenderán referidos al inicio del curso académico 1995-96.
Valencia, 18 de abril de 1995
El conseller de Educacion y Ciencia
JOAN ROMERO GONZáLEZ

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