CORRECCIÓN de errores de la Orden de 3 de febrero de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan los cursos en materia de animación juvenil y el procedimiento de reconocimiento y de pérdida de reconocimiento de las escuelas oficiales de animación juvenil en la Comunidad Valenciana. [2006/X4117]
(DOGV núm. 5239 de 12.04.2006) Ref. Base Datos 2013/2006
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 18.04.2006 Notas: Corrección de errrores de la disposición que se indica. Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Bienestar Social Grupo Temático: Reglamentación, Legislación Materias: Juventud Descriptores: Temáticos: manifestación cultural, joven, trabajador social, centro de enseñanza, enseñanza profesional , cursos, Escuela Formación Animadores Juveniles Tiempo Libre, Institut Valencià de la Joventut Generalitat Jove, monografías
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 3 de febrero de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan los cursos en materia de animación juvenil y el procedimiento de reconocimiento y de pérdida de reconocimiento de las escuelas oficiales de animación juvenil en la Comunidad Valenciana. [2006/X4117]
En el texto de la Orden de 3 de febrero de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que regulan los cursos en materia de animación juvenil y el procedimiento de reconocimiento y de pérdida de reconocimiento de las escuelas oficiales de animación juvenil en la Comunidad Valenciana, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 5.205, de 23 de febrero de 2006, se han detectado los siguientes errores:
Artículo 28, donde dice: .2. A la solicitud que deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo II de la presente orden, deberá acompañar la siguiente documentación:.; debe decir: .2. La solicitud deberá ir acompañada por la siguiente documentación:..
Artículo 33, Donde dice: .2. La programación deberá presentarse en los plazos siguientes:
Del 1 al 30 de junio para los cursos que se vayan a realizar de octubre a enero.
Del 1 al 31 de octubre para los cursos que se vayan a realizar de febrero a septiembre.;
Debe decir:
.2. La programación deberá presentarse en los plazos siguientes:
Del 1 al 30 de junio para los cursos que se vayan a realizar de octubre a marzo.
Del 1 al 31 de octubre para los cursos que se vayan a realizar de abril a septiembre..
Valencia, 27 de febrero de 2006.. La consellera: Alicia de Miguel García.