Resolución de 5 de septiembre de 1990, del Conseller de Sanidad y Consumo, por la que se interpreta el artículo dieciocho del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad y Consumo, aprobado por Decreto 159/1987, de 21 de septiembre.
(DOGV núm. 1381 de 14.09.1990) Ref. Base Datos 2445/1990
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 14.09.1990 Notas: Se interpreta el artículo dieciocho del Decreto 159/1987, de 21 de septiembre, donde se señalan las funciones atribuídas a la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria de la Conselleria de Sanidad y Consumo, en el sentido, de indicar dos funciones que se encuentran incluídas implícitamente entre las enumeradas.DG Planificación Asistencia Sanitaria. Esta disposición afecta a: Desarrolla o Complementa a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Sanidad y Consumo Grupo Temático: Legislación Materias: Organización de la administración Descriptores: Temáticos: interpretación del derecho, reglamento interno, política sanitaria, competencia administrativa, control sanitario , Conselleria Sanidad y Consumo
Resolución de 5 de septiembre de 1990, del Conseller de Sanidad y Consumo, por la que se interpreta el artículo dieciocho del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad y Consumo, aprobado por Decreto 159/1987, de 21 de septiembre.
La disposición final del Decreto 159/1987, de 21 de septiembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Sanidad y Consumo, habilita a ésta para interpretar aquellos preceptos de dicha norma que admitan confusión.
Resultando que en el artículo dieciocho del referido Decreto se enumeran una serie de funciones atribuidas a la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria, sin que entre ellas figuren explícitamente las que posteriormente se indican, si bien cabe interpretar que las misma se encuentran incluidas implícitamente entre las enumeradas.
En consecuencia con lo anterior resuelvo:
1. Interpretar que entre las funciones contenidas en el artículo dieciocho del Decreto 159/1987 se encuentran las siguientes:
a) La inspección y control de medicamentos y demás productos sanitarios en su elaboración, fabricación y distribución, siempre que tales facultades correspondan a esta Consellería.
b) La instrucción de los expedientes derivados de infracciones a la legislación farmacéutica, con el mismo requisito de la letra anterior.
2. Disponer que tras la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana dichas funciones sean desarrolladas por la Dirección General de Planificación de la Asistencia Sanitaria.
Valencia, 5 de septiembre de 1990. - El Conseller de Sanidad y Consumo: Joaquín Colomer Sala.