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Orden de 18 de septiembre de 1991, de la Conselleria de Administración Pública, por la que se desarrolla el Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana 153/91, por el que a su vez se concretan y especifican los elementos de identificación y uniformidad de la Policía Local de la Comunidad Valenciana.

(DOGV núm. 1633 de 01.10.1991) Ref. Base Datos 2728/1991

Orden de 18 de septiembre de 1991, de la Conselleria de Administración Pública, por la que se desarrolla el Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana 153/91, por el que a su vez se concretan y especifican los elementos de identificación y uniformidad de la Policía Local de la Comunidad Valenciana.
En ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 4.c) de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/90, de 4 de abril, en materia de coordinación de Policías Locales, el Consell de la Generalitat dictó el Decreto 153/91, por el que se determinan los elementos de uniformidad de la Policía Local en la Comunidad Valenciana.
Es evidente que la homogeneización de los medios técnicos y la uniformidad de la Policía Local de los municipios de la Comunidad Valenciana, no sólo incrementará su capacidad operativa, sino que propiciará un mayor y mejor acercamiento al ciudadano, al facilitar su rápida identificación.
Por otra parte, mediante la regulación de los medios de identificación de los Policías Locales, se pretende poner fin a la situación de desconcierto del ciudadano, ante la diversidad de distintivos, insignias y uniformes que actualmente existen en los Municipios de la Comunidad Valencia, por lo que, sin menoscabo de la autonomía municipal, en todo momento se podrá diferenciar a los miembros de este cuerpo de seguridad.
Por ello, y en uso de las facultades que me han sido conferidas mediante el indicado Decreto 153/91, del Consell de la Generalitat Valenciana, previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales,
ORDENO:
Artículo primero
Las prendas y efectos de uniformidad de los miembros de los cuerpos de la Policía Local, así como de los vigilantes o auxiliares de Policía Local, en los municipios en que el Cuerpo de Policía Local no exista y ejerzan total o parcialmente sus cometidos, serán, a partir de la entrada en vigor de esta orden, los señalados en el Anexo I.
Artículo segundo
Las insignias identificativas de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local, así como las de los vigilantes o auxiliares de Policía Local, en los Municipios en que este Cuerpo no exista, y ejerzan total o parcialmente sus cometidos, que se llevarán en las distintas prendas y efectos de la uniformidad, serán las establecidas en el Anexo II.
Artículo tercero
Los distintivos de las diferentes categorías o grados de empleo, serán los contenidos en el anexo III de esta disposición.
Artículo cuarto
Uno. únicamente podrán utilizarse las prendas y elementos de uniformidad, insignias identificativas y distintivos descritos en los anexos de esta orden, y con las medidas y características que en los mismos se establecen.
Dos. La Corporación municipal podrá, no obstante, autorizar mediante Resolución de la que se dará cuenta a la Conselleria de Administración Pública en el, momento en que se dicte, distintivos indicativos del destino, antigüedad o servicio, que no podrán cubrir o superponerse, total o parcialmente, a los contenidos en esta orden.
En la expresada resolución se describirá su forma, contenido y tamaño, así como el lugar de la prenda de la uniformidad en el que se pondrán.
En todo caso los anteriores distintivos serán de menor tamaño que los contenidos en los anexos de esta disposición.
DISPOSICION TRANSITORIA
Las corporaciones locales adecuarán los elementos de la uniformidad, distintivos e insignias, a lo dispuesto en esta orden, en el plazo máximo de tres años, contados a partir de su entrada en vigor.
DISPOSICION FINAL
Esta orden entrará en vigor, el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 18 de septiembre de 1991.
El Conseller de Administración Pública,
EMERIT BONO I MARTINEZ
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ANEXO I
1. Indice de prendas y efectos de uniformidad
1.1. El uniforme ordinario, tanto masculino como femenino, de las unidades y servicios específicos de la Policia Local, estará integrado por las siguientes prendas:
Gorra de plato
Cazadora
Camisa manga larga par invierno
Camisa manga corta para verano
Camiseta
Pantalón de invierno
Pantalón de verano
Falda-pantalón
Cinturón
Zapatos
Jersey de cuello de pico
Jersey de cuello redondo
Anorak Corbata
Calcetines
Guante blanco
Guante negro
Prenda de agua: Impermeable y pantalón
Prenda de agua: Botas de agua
Funda gorra protectora de agua
Silbato
Pinza portallaves
Enganche porta defensa
Funda grilletes y grilletes
Funda arma
Enganche emisora
Bolsa portamultera y callejero
Pasacorbatas
1.2. Además para las unidades de motoristas:
1.2.1. En ciudad:
Casco
Jersey de cuello de cisne
Visera para ciudad
Pantalón motorista ciudad
Botas motorista ciudad
Guante motoristas ciudad.
1.2.2. En zonas de uso de motos todoterreno:
Casco Visera corta todoterreno
Gorra tipo copy
Camisola para moto todoterreno y jersey de cuello de cisne
Pantalón moto todoterreno
Guante motos todoterreno
Botas acordonadas para todoterreno
Pañuelo para el cuello.
1.3. En las unidades de caballería el uniforme constará además de:
Casco metálico de Gran Gala
Capa de Gran Gala
Hombreras, cinturón y sable para Gran Gala
Botas de montar
Pantalones de montar.
1.4. El uniforme de playa utilizado en verano será el siguiente:
Gorra tipo copy blanca
Camisa manga corta ordinaria
Cinturón ordinario
Calcetines sport
Pantalón corto tipo bermuda
Zapatillas deportivas.
1.5. El uniforme de Gala, llevado exclusivamente por la Escala Superior y Jefaturas del Cuerpo constará:
Gorra de Gala
Guerrera de Gala
Así como el resto de las prendas necesarias del uniforme ordinario.
1.6. El uniforme ordinario también constará de los elementos especiales e indispensables para la regulación de tráfico, tales como las prendas reflectantes siguientes:
Manguitos
Polainas
Cinturón
Chaleco amarillo con franjas reflectantes para motoristas
Todos llevarán las insignias reglamentarias, así como la placa de identificación policial.
2. Descripción de las prendas de uniformidad
2.1. Uniforme ordinario.
A) Gorra de plato: De aro rígido, el color de la gorra será azul noche. Barboquejo de color negro para la Escala Básica, de plata para la Ejecutiva y dorado para la Técnica. Dicho barboquejo será de cinta o de tela e irá fijado en sus extremos por sendos botones de color dorado (15 mm. de diámetro), para todas las Escalas. Contará con un banda inferior perimetral compuesta por tres filas de cuadros reflectantes alternados, tipo damero. (figura 1.a).
En los municipios que lo consideren, durante el período estival y con la uniformidad de verano, se utilizará funda blanca para los turnos de mañana y tarde, siendo por la noche la ordinaria, debiendo utilizarse con dicha funda blanca exclusivamente en ocasión de regulación de tráfico.
B) Cazadora: Corta, de color azul noche, con solapa americana. En el delantero de la cazadora dos bolsillos con fuelle uno a cada lado del pecho, abrochados con botón metálico dorado para todas las escalas. En la espalda, elástico en su parte inferior y en los laterales abertura con figura trapezoidal y tolín con tapeta en dicha abertura, cruzados con pasador elástico, terminado con enganche metálico dorado. La cazadora se cierra con cremallera oculta bajo solapa; botón metálico automático en parte inferior de la misma, y en la parte trasera fuelle y canesú. Hombreras rectangulares terminadas en pico, con botón metálico dorado como sujeción y puente o canutillo de color azul noche con los distintivos para mandos (figura 1.b)
C) Camisa de manga larga: De color azul celeste, cuello cerrado por botón de pasta blanca. Hombreras del mismo color en ambos lados y dos bolsillos de plastrón con boca inclinada y fuelles, lados y dos bolsillos con fuelles en los laterales del pecho cerrados con tapa y botón de pasta. Espalda con tapeta en la parte trasera. Se confeccionará con pespunte de 5 mm. en partes inferiores de la bocamanga, de cuello, en los bordes libres del cuello así como de las hombreras, parte inferior de la camisa y bolsillos. (figura 1c.)
D) Camisa de manga corta: De color azul celeste, con cuello abierto y dos bolsillos con fuelles, tapa y botón de pasta blanca, como cierre, espalda con tapeta, hombreras del mismo color. Mangas cortas con dobletes y pespunte a 5 mm. del cosido del doblete, así como en el resto de los extremos y parte inferior de la camisa. (figura 1.d)
E) Camiseta: De color blanco, formada por espalda, delantero, mangas y cuello. De mangas cortas y sisas amplias, cuello caja en tejido doble de punto elástico, con una anchura de 25 mm., bajos de la prenda y bocamangas dobladillados. (Figura 1.e).
F) Pantalón de invierno y de verano: De color azul noche, dos, bolsillos delanteros con corte oblicuo hacia los costados formando una solapa. Situado en el trasero derecho otro bolsillo con boca horizontal viveada que cierra mediante ojal y botón. En el delantero la costura de pretina se interrumpe para formar un bolsillo tipo relojero. Trevillas cosidas en ambos extremos, así como pinzas en la parte delantera. Todos los botones serán de pasta y de color azul noche. Cremallera bajo solapa en la parte delantera, central del mismo. El tejido variará según sea de invierno o de verano. (figura 1.f)
G) Falda pantalón: Se utilizará por el personal femenino en entretiempo y verano, de color azul noche, con bolsillos laterales-delanteros, con corte oblicuo hacia los costados, con botones de pasta de color azul noche. Optativo con el pantalón. (figura 1.g).
H) Cinturón: Compuesto por cincha y cierre con hebilla de presión. La cincha formada por una sola pieza de cinta, rematada con cantoneras obtenidas por inyección termoplástica, directamente sobre la cinta. Cierre por medio de una hebilla de presión, confeccionada con material termoplástico, en color azul noche a tono con el de la cincha y escudo constitucional en relieve. Con un ancho de la, cincha de 50/52 mm. (figura 1.h)
I) Zapatos: De color negro, lisos y flexibles, con cordones y horma ancha. Suela de goma, elaborados en piel o similar (figura 1.i1-1.i2)
J) Jersey: Formado por una pieza trasera y otra delantera, tricotado en punto elástico retorcido. Reforzado a ambos lados de cada hombro, con un tejido similar al de la cazadora. Las mangas de una sola pieza del tipo pegado con sisas amplias y realizadas en el mismo punto, reforzadas con codera de tejido idéntico a la cazadora. Llevará un bolsillo del mismo tejido en la manga izquierda en forma de portaplumas, realizado por dos piezas rectangulares superpuestas y con un pespunte central para formar los departamentos. El cuello estará cosido al escote pudiendo ser en forma de pico, cuello redondo y cuello de cisne. (Figura 1.J.1/ 1.J.2/ 1.J.3).
K) Anorak: Será la prenda de abrigo amplia y de uso contra el frío, lluvia y viento. Estará compuesto por el chaquetón-anorak y se utilizará de forma reversible, siendo por una parte totalmente azul noche y por el reverso combinado de color amarillo en su totalidad, con franjas reflectantes por debajo de los bolsillos y alrededor de toda la prenda. A la altura del pecho otra banda reflectante, pasando por toda la espalda, así como a 250 mm. otra franja reflectante, dando la vuelta a toda la manga. La capucha irá unida a la prenda por tejido elástico e introducida en la espalda. En el anverso así como el reverso estarán cerrados por cremalleras con solapa, abrochada por arriba y por bajo con botón metálico, automático. A la altura de la cintura, cordón o elástico pasado por el interior. Se utilizarán en esta prenda todas las insignias reglamentarias. Estará cosido con pespunte en los extremos, parte inferior y cuello, a 20 mm. del borde externo. Está formado por delanteros, espalda, cuello, mangas, bolsillos. (figura 1.k)
L) Corbata: De color azul noche, de. forma usual en el mercado y longitud de 1.300 a 1.320 mm., confeccionada con tres piezas cortadas al bies y unidas entre sí. Las palas irán forradas del tejido principal. (figura 1.l)
M) Calcetines: De color negro, usuales en el mercado, de fibra o algodón.
N) Guante blanco: Constituye prenda reglamentaria de servicio en la uniformidad de invierno, siendo de piel o similar y debiendo utilizarse en ocasión de la regulación de tráfico, actos de ceremonia y protocolo, facilitando con ello su identificación y reconocimiento. (figura 1.n).
Ñ) Guante negro: Constituye prenda reglamentaria de servicio, siendo de piel o similar; debiéndose utilizar siempre, con ocasión de los diversos servicios en los que actúan los policías locales y diferentes a la regulación de tráfico, ceremonia y protocolo. (figura 1.ñ).
O) Prenda de agua: impermeable y pantalón. Chaqueta con capucha y pantalón impermeable, todas estas prendas serán de color amarillo. En la parte inferior y a unos 250 mm. de la bocamanga, franja reflectante. En la espalda se pondrá perfectamente visible la palabra Policía, en toda su amplitud. En color azul noche (figura 1.o)
P) Prenda de agua: botas de agua. Se utilizarán las de uso normal en el mercado, siendo de goma o similar y de color negro.
Q) Funda de gorra protectora de agua: De plástico y color azul noche, ajustable a la gorra ordinaria.
R) Silbato: Constituye prenda reglamentaria de servicio, pudiéndose utilizar el modelo metálico de forma ancha o de plástico fundido duro, sujetos por cadena con enganche para el botón u hombreras.
S) Pinza portallaves: Metálica, ajustable al cinturón y con anilla, para colocar las llaves (grilletes, taquillas, etc. ...)
T) Enganche portadefensa: Compuesto por un mosquetón metálico y una anilla, donde se situará la defensa en su interior.
U) Funda grilletes i grilletes: Funda de cuero con botón automático (metálico) como cierre y grilletes reglamentarios metálicos.
V) Funda arma: Será de cuero color negro, ajustable al arma reglamentaria, con cierre automático y de fácil extracción, y con enganche para poder ser llevada en el cinturón.
W) Enganche emisora: Irá situado sobre el cinturón, será metálico, utilizándose el correspondiente según cada modelo de emisora.
X) Bolsa porta-multera y callejero: De piel o similar color azul noche, cerrada por cremallera en la parte superior, con capacidad para los diferentes documentos que el policía local lleva encima. Se situará en el cinturón.
Y) Pasacorbatas: En el centro con forma de circulo y sobre un fondo azul noche, la inscripción «PL» en letras mayúsculas coronadas con el escudo real. De color dorado para todas las Escalas (figura 1.y).
2.2. Uniforme unidad de motoristas.
Constará de dos modelos dependiendo si es motorista de ciudad o utiliza moto todoterreno (playa, campo, jardín, etc. ...) utilizando en cada caso el que proceda.
A) Casco: Compacto, homologado de color blanco, con barra de tipo damero, a cuadros azul noche y blancos. Común para los dos uniformes. Modelo "Amérika”. (Figura 2.a)
B) Visera para ciudad: La usual del casco modelo «Amérika».
C) Pantalón de motorista para ciudad: Color azul noche, con dos bolsillos laterales en oblicuo y uno trasero con tapa y botón de pasta. Bolsillo a la altura del cinturón tipo relojera, trevillas cosidas y pasadas con botón de pasta. Camales del pantalón de caña estrecha, adaptados para introducirlos en la bota y con refuerzo interior en culeras e ingles (figura 2.b)
D) Botas motoristas ciudad: De color negro, caña alta ajustable. Piel bovina, formada por pala, caña, talón, plantilla, palmilla, suela y tacón. Este modelo será opcional con las botas acordonadas. (figura 2.c y 2.i).
E) Guante motorista ciudad: Negros de cuero con parte superior reflectante en forma de cintas. Cremallera en el lateral de la parte superior. (figura 2.d)
F) Camisola para moto todoterreno: Color azul noche, larga y con aberturas laterales en forma de corte en la parte inferior. Con dos bolsillos delanteros a la altura del pecho, cerrados por solapa en horizontal y abrochados con velcro. Refuerzo exterior en los codos y pespuntes a cinco milímetros en los bordes de la costura (figura 2.e).
G) Pantalón moto todoterreno: De color azul noche, Confeccionado con refuerzos en caderas, rodillas, ingles y culera, en forma de parche. Dos bolsillos en la parte trasera, dos más en el lateral a la altura de la rodilla, cerrados con solapa recta y abrochados con velcro. En la parte inferior, de los camales, quedarán rematados por goma elástica. Con trevillas pasadas con botón de pasta ancho. (figura 2.f)
H) Gorra moto todoterreno: De color azul noche, compuesta de casquete, visera y el emblema. La visera será de forma semicircular con pespunte a 10 mm. El casquete formado por una pieza frontal y dos laterales rectangulares y arqueadas. En la parte trasera se forma una ventana semicircular viveada y con cinta velcro para ajuste del casquete. En la parte interna lleva una banda sudadera. En la visera refuerzo. (figura 2.g)
I) Guante moto todoterreno: Negros de cuero con goma elástica en la parte superior a la altura de la muñeca de forma ajustable y cremallera en la parte central. (figura 2.h)
J) Botas con cordones para todoterreno: De cuero, color negro, ajustables de media caña y con ojales y presillas para acordonar y ajustar la bota al pie. (figura 2.i)
K) Pañuelo cuello uniforme todoterreno: De color azul noche, largo y rematado con pespunte.
L) Visera para moto todoterreno: Corta, color blanco y con enganche de botón automático sobre el casco.
2.3. Uniformidad de caballería.
Además del uniforme ordinario y del de gran gala, constará de:
A) Pantalón caballería: Será modelo breoche formado por trecena, perneras, bolsillo y refuerzos, color azul noche, siendo de caña estrecha, bolsillos laterales de forma oblicua y uno trasero abrochado con botón de pasta, trevillas abrochadas con botón de pasta y refuerzos en la parte interior de la rodilla y culera. (figura 3.a)
B) Botas de montar: Serán de tipo «caballería», de color negro en piel bovina de primera calidad y formada por pala, caña, talón, plantilla, palmilla, suela y tacón. Las uniones pala, talón y pala caña, van reforzadas mediante dos pespuntes paralelos. La plantilla será de cuero foamizado sobre espuma de látex con adhesivo para su sujeción. La suela y el tacón serán de cuero, excepto la parte de abajo del tacón que será de caucho sintético o goma. (figura 3.b)
2.4. Uniformidad de playa
Se utilizará en verano la siguiente uniformidad en la zona de playa:
A) Gorra tipo copy: Será totalmente blanca y con idénticas características a las mencionadas anteriormente en las de uso para motoristas de motos todoterreno.
B) Camisa manga corta: Se utilizará la del uniforme ordinario antes mencionada.
C) Cinturón: El del uniforme ordinario.
D) Calcetines: Serán tipo sport, ajustables, de color blanco y extensibles como máximo por debajo de la rodilla.
E) Pantalón: Corto, tipo bermuda de tergal, fino, color blanco, con dos bolsillos laterales de forma oblicua y otro trasero tapado y abotonado; con trevillas cosidas por arriba y abajo al pantalón. Doblete en la parte inferior del camal (figura 4.a)
F) Calzado: Se utilizará zapatillas deportivas tipo de tenis de color blanco y adornadas.
2.5. Uniformidad de gala.
Llevado por la Escala Superior y Jefaturas del Cuerpo, constará:
A) Gorra de gala: De aro rígido, el color será azul noche, barboquejo dorado, fijado en sus extremos por sendos botones de color dorado, de 15 mm. de diámetro (figura 5.a)
B) Guerrera de gala: De color azul noche, de la misma tela que la cazadora. Se compone de delantero, espalda, nesgas, mangas, hombreras, cuello y bolsillos. Irá entretelada, armados los hombros y forrada. Los bolsillos interiores serán falsos.
Este uniforme será completado por el resto de las prendas necesarias del uniforme ordinario.
Será obligatorio para estas escalas en las actividades y ceremonias de gala.
2.6. Uniformidad para trabajos de mantenimiento.
Consistirá en un mono de faena o chaquetilla y pantalón azul del mismo tejido, con sus insignias correspondientes y gorra tipo copy azul.
2.7. Elementos especiales de regulación de tráfico
Se utilizarán en circunstancias especiales que lo requieran (oscuridad-noche, niebla, lluvia, etc. ...), facilitando con ello la identificación y reconocimiento de los policías locales. Estos elementos serán reflectantes y consisten en:
Manguitos
Polainas
Cinturón
Chaleco amarillo con franjas reflectantes para motoristas
Todos llevarán como parte del uniforme ordinario las insignias reglamentarias y la placa de identificación policial.
ANEXO II
Insignias reglamentarias
1. Gorra ordinaria: Se situará el escudo metálico constitucional en el frente de la gorra de plato.
2. Gorra de gala: Se situará en el frente de la gorra, el escudo constitucional que será de tela y los laureles bordados.
3. Casco motoristas: Se colocará sobre el frente superior del casco, el escudo policial local de forma ovalada con la inscripción en letras de Policía Local y el escudo del municipio correspondiente o el escudo constitucional.
4. Cazadora, guerrera, Camisas de verano y entretiempo, anorak:
a) En el lado derecho del pecho y encima del bolsillo, escudo policial con la heráldica local en el centro y la inscripción de Policía Local, en la cazadora y guerrera de gala. Dicha insignia será de placa metálica dorada o de fieltro de caucho sintético con fondo azul noche, letras en dorado y forma ovalada para camisas y anorak. (figura II-4a).La inscripción de Policía Local, se sustituirá por la de «Auxiliar de PL», para los vigilantes o auxiliares de Policía Local.
b) Sobre el brazo izquierdo se llevará un escudo de forma trapezoidal, con cantos redondeados, de caucho sintético, fondo azul noche bordados en los extremos de color dorado para todas las Escalas. Llevará la inscripción Policía Local en la parte superior, y el escudo heráldico de la Generalidad en la parte inferior, separado por una línea de bordado dorada para todas las Escalas (Figura II-4b)" inscripción de Policía Local, se sustituirá por la de "Auxiliar de PL", para los vigilantes o auxiliares de Policía Local.
5. Número de identificación policial: Se situará en todas las prendas de uniformidad (a excepción de la de agua). En la placa metálica se inscribirá o grabará en la parte inferior y en la de fieltro o caucho, será independiente de la misma, situándose sobre el bolsillo derecho debajo del mismo escudo policial de la entidad local. Será de plástico rectangular con el número grabado en color negro.
ANEXO III
Distintivos de las diferentes categorías y escalas
1. Escala superior:
Inspector. Tres galones dorados en forma de serreta con el escudo policial de la Entidad Local.
Subinspector. Dos galones dorados en forma de serreta con el escudo policial de la Entidad Local.
Oficial. Un galón dorado en forma de serreta con el escudo policial de la Entidad Local.
2. Escala técnica:
Suboficial. Tres galones blancos acompañado del escudo policial de la Entidad Local.
3. Escala ejecutiva:
Sargento. Dos galones blancos.
4. Escala básica:
Cabo. Un galón blanco colocado en el extremo exterior del puente y perpendicular a lo largo del mismo.
Dichos galones se ubicarán sobre un puente o canutillo que irá colocado, sobre las hombreras (figura III.1). En la prenda de abrigo. En la solapa del cuello de la parte derecha, un pequeño galón con el color y el número de galones de acuerdo con la categoría.
En las categorías que coincidan con la Jefatura del Cuerpo, los galones serán los que correspondan a su empleo, acompañados del escudo policial de la entidad local.

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