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ORDEN de 20 de octubre de 1995, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la cual se regula la venta en los viveros forestales de la Generalitat Valenciana y la entrega de plantas con motivo del Día del árbol.

(DOGV núm. 2614 de 27.10.1995) Ref. Base Datos 2781/1995

ORDEN de 20 de octubre de 1995, de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la cual se regula la venta en los viveros forestales de la Generalitat Valenciana y la entrega de plantas con motivo del Día del árbol.
La Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana, dispuso expresamente en su articulado la obligatoriedad de potenciar por parte de la administración forestal la producción de especies autóctonas a través de viveros forestales, así como la creación de bancos de semillas de especies vegetales propias de la Comunidad Valenciana, con la finalidad última de asegurar el mantenimiento y la recuperación de especies singulares y de formaciones o ecosistemas específicos de ésta.
En tal sentido, y como consecuencia de la materialización y ejecución de la política forestal anteriormente referida, la Generalitat Valenciana dispone actualmente de nueve viveros, destinados todos ellos a la producción de planta para repoblaciones forestales, construcción de zonas verdes y áreas recreativas, así como para el mantenimiento de estas últimas. A tal efecto, con fecha 7 de abril de 1995, la Conselleria de Medio Ambiente aprobó una orden por la que se establecieron los precios públicos de venta de las plantas producidas en éstos.
En esta línea, y con la finalidad de concienciar e integrar a la sociedad valenciana en dicha política forestal, el Consell de la Generalitat Valenciana declaró oficialmente el día 31 de enero como Día del árbol de la Comunidad Valenciana, facilitando la entrega gratuita de plantas a particulares, colectivos e instituciones que lo solicitasen.
Por todo ello, es objeto de la presente orden regular, una vez establecidas las directrices básicas, la forma y las condiciones tanto de la venta de plantas de los viveros de la Generalitat Valenciana, como los requisitos necesarios para la entrega gratuita de plantas con motivo del Día del árbol.
En su virtud, de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 35.e) de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,
ORDENO
Artículo primero
1. La venta de plantas de los viveros forestales de la Generalitat Valenciana tanto a personas físicas o jurídicas como públicas o privadas, se efectuará en los siguientes supuestos:
a) Repoblaciones forestales, aprobadas técnicamente por la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, en terrenos no gestionados por la misma.
b) Proyectos de repoblaciones forestales en otras comunidades autónomas a iniciativa de sus administraciones competentes.
c) Plantaciones, para otro tipo de actuaciones, de plantas especiales y aromáticas.
d) Proyectos de restauraciones paisajísticas y medidas correctoras de impacto, aprobados por entidades públicas.
2. Queda prohibida la venta de plantas de los viveros forestales de la Generalitat Valenciana a viveristas.
Artículo segundo
Será necesaria la autorización del director territorial de Medio Ambiente de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente para proceder a la venta de planta, en los casos previstos en el artículo anterior. Las solicitudes de compra se tramitarán a través de los servicios territoriales de Medio Ambiente. Una vez autorizada la venta, se abonará en la entidad bancaria colaboradora mediante el impreso correspondiente diligenciado por la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente. Para la retirada de las plantas será imprescindible el resguardo del pago.
Artículo tercero
Con motivo del Día del árbol de la Comunidad Valenciana (31 de enero), se podrán repartir gratuitamente plantas de hasta 5 savias entre el 22 de enero y el 9 de febrero en las cantidades siguientes:
- particulares: 5 plantas.
- colegios, institutos y entidades sin ánimo de lucro: 200 plantas.
- ayuntamientos: 800 plantas.
Artículo cuarto
1. Las solicitudes de plantas con motivo del Día del árbol, de colegios, institutos, ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro, se dirigirán al director territorial de Medio Ambiente de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente de la provincia en que tenga el domicilio la entidad solicitante. Estas solicitudes podrán remitirse a través de los ayuntamientos respectivos, mancomunidades o agrupaciones de los mismos legalmente constituidas, o directamente en las siguientes direcciones:
Alicante: c/ Churruca, 29, CP 03003
Castellón de la Plana: c/ Herrero, 23, CP 12005
Valencia: c/ Francisco Cubells, 5, CP 46011
El plazo de presentación de las solicitudes previstas en el párrafo anterior, será del día 1 al 30 de noviembre. Se requerirá un modelo normalizado de acuerdo con el anexo de esta orden, en el que figure el número de plantas solicitadas y el destino de las mismas, debidamente firmado por el representante de la entidad y se adjuntará el permiso previo de los propietarios de los lugares en que se realicen las plantaciones.
2. Para los particulares, solamente será necesario acreditar su identidad en los viveros de la Generalitat Valenciana durante el periodo comprendido entre el 22 de enero y el 9 de febrero.
3. Los peticionarios se asesorarán de los agentes forestales de la zona y técnicos forestales de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente en la forma de ejecutar las plantaciones.
Artículo quinto
Los directores territoriales resolverán, antes del 15 de enero de cada aÑo, las solicitudes previstas en el punto 1 del artículo anterior, de acuerdo con las existencias y las necesidades propias de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente. La carga y el transporte de las plantas, así como las herramientas y otros materiales necesarios, correrán por cuenta de los beneficiarios.
DISPOSICIóN TRANSITORIA
única
El plazo de presentación de solicitudes para el aÑo 1995 será de un mes, a contar desde el día de la entrada en vigor de la presente orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se faculta al director general de Recursos Forestales para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo, eficacia y ejecución de esta orden.
Segunda
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 20 de octubre de 1995
La consellera de Agricultura y Medio Ambiente,
M. àngels Ramón-Llin i Martínez
ANEXO
Solicitud de plantas
Día del árbol de la Comunidad Valenciana
Representante (para colegios, institutos, ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro)
Primer apellido: ...
Segundo apellido: ...
Nombre: ...
DNI: ...
En representación de: ...
Cargo: ...
Domicilio: ... Núm. : ...
Teléfono: ...
Código postal: ...
Población: ...
Provincia: ...
Número de plantas que solicita: ...
Fecha de plantación: ...
Lugar de plantación: ...
Partida: ...
Término municipal: ...
Propietario del terreno: ...
La persona solicitante o representante:
(nombre i firma)
Dirección Territorial de Medio Ambiente de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente

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