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RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, por la que se dan instrucciones sobre las audiencias a los padres o tutores legales de los alumnos o alumnas, previas a la adopción de determinadas medidas de atención a la diversidad reguladas por la Orden de 18 de junio de 1999. [1999/A7898]

(DOGV núm. 3587 de 21.09.1999) Ref. Base Datos 2933/1999

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, por la que se dan instrucciones sobre las audiencias a los padres o tutores legales de los alumnos o alumnas, previas a la adopción de determinadas medidas de atención a la diversidad reguladas por la Orden de 18 de junio de 1999. [1999/A7898]
La Orden de 18 de junio de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la atención a la diversidad en la Educación Secundaria Obligatoria, dispone que los centros docentes de Educación Secundaria, públicos y privados, elaborarán un plan de actuación para la atención a la diversidad de su alumnado.
Para la adopción de las medidas que deben contemplarse en dicho plan de actuación es fundamental la participación de los padres o tutores legales del alumno o de la alumna. La mencionada Orden de 18 de junio de 1999 dispone, concretamente, que las siguientes medidas requieren que se les dé audiencia previamente: adaptación curricular individual significativa; permanencia un año más en el mismo curso; incorporación a un programa de diversificación curricular o a un programa de adaptación curricular en grupo.
Con el fin de facilitar a los centros docentes la realización de este requisito, y de acuerdo con la disposición final primera de la mencionada Orden de 18 de junio de 1999, resuelvo:
Primero
Para asegurar el cumplimiento de este requisito, el jefe del Departamento de Orientación, o quien tenga atribuidas sus funciones, citará a los padres o tutores legales del alumno o de la alumna utilizando el modelo que figura en el anexo I de esta resolución.
Segundo
Concluida la reunión con los padres o tutores legales del alumno o de la alumna, se levantará acta, utilizando el modelo que figura en el anexo II de esta resolución.
Tercero
Los dos documentos citados en los apartados anteriores formarán parte de la documentación correspondiente a la medida que se adopte.
Cuarto
Si los padres o tutores legales no acuden a la reunión a que hayan sido convocados, se tendrán en cuenta las alegaciones que remitan al centro docente por escrito en un plazo no superior a los 10 días siguientes contados a partir de la fecha prevista para dicha reunión.
Una vez transcurrido este plazo sin que conste ninguna alegación de los padres o tutores legales, el centro docente seguirá el procedimiento establecido para la adopción de la medida propuesta, considerando cumplido el requisito de audiencia.
Quinto
Una vez autorizada, se notificará a los padres o tutores legales la medida adoptada. De dicha notificación quedará constancia en el expediente académico del alumno o la alumna.
Valencia, 1 de septiembre de 1999.– El director general de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística: Josep Vicent Felip i Monlleó.
ANEXO I
Centro: Código:
Localidad:
Alumno/a: Curso/grupo
Sr./ Sra. ...
c/ ...
Con la finalidad de dar a los padres o tutores legales la audiencia prevista en la Orden de 18 de junio de 1999, que regula la atención a la diversidad en Educación Secundaria Obligatoria (DOGV 29.06.1999), se le convoca de acuerdo con lo siguiente:
Lugar: ...
Día: ...
Hora: ...
Asunto: ... (1)
Lo cual le notifico para su conocimiento y efectos.
..., ... de ... de ...
El/la jefe/a del Departamento de Orientación (2)
Fdo.:
(1) Adaptación curricular individual significativa, permanencia un año más en el mismo curso, programa diversificación curricular, programa de adaptación curricular en grupo.
(2) En su caso, sustituir por quien tenga atribuidas sus funciones.
ANEXO II
Centro: Código:
Localidad:
Alumno/a: Curso/grupo
Acta correspondiente a la audiencia de los padres o tutores legales, prevista en la Orden de 18 de junio de 1999, que regula la atención a la diversidad en Educación Secundaria Obligatoria (DOGV 29.06.1999).
D. ... ,y/o D.ª ..., en calidad de ... (1)
Día: ...
Hora: ...
Asunto: ... (2)
Concluida la audiencia, las personas asistentes manifiestan:
..., ... de ... de ...
El padre y/o la madre El/la jefe/a del Departamento
o tutores legales de Orientación (3)
Fdo.: Fdo.: Fdo.:
(1) Padre, madre, tutor o tutora legal
(2) Adaptación curricular individual significativa, permanencia un año más en el mismo curso, programa de diversificación curricular, programa de adaptación curricular en grupo.

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