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DECRETO 349/1995, de 28 de noviembre, del Gobierno Valenciano, sobre regulacion del personal eventual al servicio de la administración del Gobierno Valenciano.

(DOGV núm. 2639 de 04.12.1995) Ref. Base Datos 3086/1995

DECRETO 349/1995, de 28 de noviembre, del Gobierno Valenciano, sobre regulacion del personal eventual al servicio de la administración del Gobierno Valenciano.
La modificación del Decreto Legislativo de 20 de marzo de 1991, del Gobierno Valenciano, por la Ley de la Generalitat Valenciana 12/1994, de 28 de diciembre, de Medidas Administrativas y de Modificación del Texto Articulado de la Ley de Bases de Tasas de la Generalitat Valenciana, que a su vez es recogida por el Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, del Gobierno Valenciano, configura un nuevo marco legal en la regulación que en el Decreto 203/1988, de 26 de diciembre, del Gobierno Valenciano, se hace del personal eventual al servicio de la Generalitat Valenciana.
Por otra parte la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, establece con carácter básico las competencias de los gobiernos de las comunidades autónomas en esta materia.
Por todo ello se precisa una nueva reglamentación del personal eventual de la Generalitat Valenciana que, con exquisito respeto al presupuesto legal, posibilite el protagonismo que corresponde al Gobierno Valenciano distribuyendo dicho personal entre sus consellerías, atendiendo a la estructura del propio Gobierno Valenciano y a las necesidades de aquéllas, en atención a su dimensión y naturaleza de sus competencias y funciones.
En virtud de lo cual, a propuesta del conseller de Administración Pública y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 28 de noviembre de 1995,
DISPONGO

Artículo primero
Se considerará personal eventual del Gobierno Valenciano aquél que desempeÑe puestos expresamente calificados por sus funciones de confianza o asesoramiento especial, y su nombramiento y cese serán libres.
Este personal cesará automáticamente cuando cese la autoridad a la que preste sus funciones, sin que, en ningún caso, el desempeÑo de estos puestos de trabajo pueda constituir mérito para el acceso a la función pública o la promoción interna.

Artículo segundo
El Gobierno Valenciano realizará la distribución entre las diferentes consellerías de los puestos de trabajo de naturaleza eventual, así como del crédito necesario para la retribución de los mismos, de acuerdo con el crédito total establecido a este fin en la Ley de Presupuestos.

Artículo tercero
Es competencia exclusiva del Presidente de la Generalitat Valenciana y de los consellers el libre nombramiento y cese del personal eventual que les corresponda, así como la propuesta de sus retribuciones, que deberán ser aprobadas por el Gobierno Valenciano en razón de la dedicación, grado de preparación exigido y nivel de titulación adecuado para el mejor desempeÑo de la función asignada a dicho personal.

DISPOSICIóN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este decreto, y expresamente el Decreto 203/1988, de 26 de diciembre, del Gobierno Valenciano, sobre regulación del personal eventual al servicio de la Generalitat Valenciana.

DISPOSICIóN FINAL

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 28 de noviembre de 1995

El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNáNDEZ-SORO
El conseller de Administración Pública,
JOSÉ JOAQUíN RIPOLL SERRANO

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