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ORDEN de 11 de junio de 2003, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se suprimen algunos apartados y se sustituyen dos anexos de la Orden de 18 de junio de 2002 de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se modifican parcialmente las órdenes de 17 de enero de 1995 (DOGV de 1 de marzo); la de 10 de mayo de 1995 (DOGV de 19 de junio); la de 7 de octubre de 1998 (DOGV de 29 de octubre); la de 14 de julio de 1999 (DOGV de 5 de agosto de 1999); la de 9 de julio de 1999 (DOGV de 6 de agosto); la de 3 de mayo de 2000 (DOGV de 19 de mayo); y la de 21 de julio de 2000 (DOGV de 5 de septiembre). [2003/X7550]

(DOGV núm. 4531 de 26.06.2003) Ref. Base Datos 3175/2003

ORDEN de 11 de junio de 2003, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se suprimen algunos apartados y se sustituyen dos anexos de la Orden de 18 de junio de 2002 de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se modifican parcialmente las órdenes de 17 de enero de 1995 (DOGV de 1 de marzo); la de 10 de mayo de 1995 (DOGV de 19 de junio); la de 7 de octubre de 1998 (DOGV de 29 de octubre); la de 14 de julio de 1999 (DOGV de 5 de agosto de 1999); la de 9 de julio de 1999 (DOGV de 6 de agosto); la de 3 de mayo de 2000 (DOGV de 19 de mayo); y la de 21 de julio de 2000 (DOGV de 5 de septiembre). [2003/X7550]
La elección de itinerarios de los alumnos que van a cursar segundo de Bachillerato a partir del curso 2003-2004 de acuerdo con la normativa derivada del Decreto 50/2002, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, está generando algunas confusiones que conviene que no se produzcan por cuanto podrían ocasionar perjuicios no deseados a estos alumnos.
Por todo lo expuesto, en virtud de las competencias que me atribuye la disposición final primera del Decreto 50/2002, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 174/1994 de 19 de agosto del Gobierno Valenciano, por el que se establece el currículo del Bachillerato en la Comunidad Valenciana,
ORDENO
Uno
1. Se suprimen los puntos 5 y 7 del apartado Cinco de la Orden de 18 de junio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación.
2. Se suprimen los puntos 3 y 5 del punto 5 del apartado siete de la Orden de 18 de junio de 2002 de la Conselleria de Cultura y Educación.
3. Los alumnos deberán tener en cuenta que para cursar determinadas materias de segundo curso que tengan una correspondiente en primero con contenidos parcial o totalmente progresivos (tal y como se indica en el anexo I de la Orden de 18 de junio de 2002 de la Conselleria de Cultura y Educación) es necesario haber cursado la materia correspondiente en primer curso. Si algún alumno quisiese cursar una materia de segundo y no hubiese cursado la correspondiente en primero deberá cursar esta como única optativa en segundo curso.
4. Los alumnos que quieran optar en la prueba de acceso a la Universidad por una determinada vía tendrán que haber cursado las materias vinculadas a esa vía y los alumnos que quieran optar por la doble vía deberán cursar en el Bachillerato todas las materias vinculadas a las vías correspondientes.
Dos
Se sustituye el anexo VII de la Orden de 18 de junio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por el Anexo I de esta orden.
Tres
Se sustituye el anexo VIII de la Orden de 18 de junio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por el Anexo II de esta orden.
DISPOSICIÓN FINAL
Única
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 11 de junio de 2003
El conseller de Cultura y Educación,

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