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ORDEN de 21 de noviembre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se amplía el plazo de justificación de subvenciones establecido en la Orden de 6 de octubre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para programas específicos diseñados para reducir la morbi-mortalidad relacionada con el consumo de drogas y estilo de vida en personas que viven en situación de grave exclusión social. [2006/13982]

(DOGV núm. 5398 de 29.11.2006) Ref. Base Datos 6325/2006

ORDEN de 21 de noviembre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se amplía el plazo de justificación de subvenciones establecido en la Orden de 6 de octubre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para programas específicos diseñados para reducir la morbi-mortalidad relacionada con el consumo de drogas y estilo de vida en personas que viven en situación de grave exclusión social. [2006/13982]
El artículo 15, apartado 3 de la Orden de 6 de octubre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para programas específicos diseñados para reducir la morbi-mortalidad relacionada con el consumo de drogas y estilo de vida en personas que viven en situación de grave exclusión social (DOGV núm. 5383, de 8 de noviembre de 2006) establece como plazo máximo de justificación de las subvenciones el 30 de noviembre de 2006.
En este momento es necesaria la ampliación de este plazo, para facilitar la posibilidad de presentación de la documentación justificativa de las subvenciones, así como para la correcta gestión y justificación de los gastos.
El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé la posibilidad de ampliación de los plazos establecidos si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
En su virtud y en uso de las facultades que me confiere el art. 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, el artículo 47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991 del Consell de la Generalitat Valenciana, y el Decreto 26/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad,
ORDENO
Primero
Ampliar el plazo establecido para la justificación de las subvenciones previsto en el artículo 15, apartado 3 de la Orden de 6 de octubre de 2006, de la Conselleria de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para programas específicos diseñados para reducir la morbi-mortalidad relacionada con el consumo de drogas y estilo de vida en personas que viven en situación de grave exclusión social (DOGV núm. 5383, de 8 de noviembre de 2006).
Se establece como plazo máximo de justificación de estas subvenciones el 15 de diciembre de 2006.
Segundo
Publicar la presente ampliación de plazo en el Diari Oficial de la Generalitat.
Tercero
Contra la presente se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen pertinente.
Valencia, 21 de noviembre de 2006
El conseller de Sanidad,
RAFAEL BLASCO CASTANY

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