RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2019, de la presidenta del Consorci Hospital General Universitari de València (CHGUV), por la que se ordenan determinadas actuaciones en ejecución de la sentencia número 991/19, de 31 de octubre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de València, en relación con el concurso para la provisión de diversas plazas asistenciales de jefatura de sección, entre las que se encuentra la plaza número 79716, especialidad en neurología (CM/02/17). [2020/186]
(DOGV núm. 8716 de 14.01.2020) Ref. Base Datos 000399/2020
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 15.01.2020 Esta disposición afecta a: Afecta a: -
Análisis documental
Origen disposición: Consorcio Hospital General Universitario de Valencia Grupo Temático: Empleo público Descriptores: Temáticos: ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1
Por resolución de la Presidencia del CHGUV de fecha 23 de octubre de 2009 (DOGV 6141, 10.11.2009) se aprueban las bases generales de las convocatorias de provisión de plazas de jefatura.
De conformidad con dichas bases, mediante resolución de la Presidencia del CHGUV de 28 de abril de 2017 (DOGV 8042, 18.05.2017) se convoca concurso para la provisión de diversas jefaturas de sección de carácter asistencial (CM/02/2017), entre las que se encuentra la de la especialidad de Neurología, plaza núm. 79716.
Concluido el mencionado proceso y, como consecuencia de la interposición del recurso contencioso-administrativo por parte del aspirante Joaquín Escudero Torrella contra la resolución de la Presidencia del CHGUV de 20 de noviembre de 2017, por la que se resuelve el concurso, se ha dictado en fecha 31 de octubre de 2019 por parte del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 8 de València sentencia estimatoria, núm. 991/19, por la que «se anulan de las resoluciones recurridas, debiendo ser admitido el actor en el concurso, retrotrayendo las actuaciones de la Comisión a la tercera reunión de fecha 14.09.2017, proceda a baremar al sr. Escudero (Fase 2), continuando la tramitación del proceso por sus bases, hasta su nueva propuesta de adjudicación».
En consecuencia, procede retrotraer las actuaciones al momento procedimental para baremar los méritos aportados en su día por el Sr. Escudero Torrella, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base 13ª de las generales que rigen la convocatoria.
Por otro lado con el transcurso del tiempo han pasado a la situación de jubilación algunos miembros de la comisión de valoración designada mediante la referida resolución de 28 de abril de 2017, circunstancia por la que resulta necesario designar una nueva comisión.
Atendidos los pronunciamientos contenidos en la sentencia número 991/19, de 31 de octubre de 2019, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de València, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Española, así como en los artículos 17.2 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, que establecen la obligatoriedad de cumplimiento de las sentencias y demás resoluciones firmes dictadas por los tribunales de justicia, y en virtud del Acuerdo de 12.12.2003 del Consejo de Gobierno sobre delegación de competencias, esta Presidencia del CHGUV, resuelve:
Primero
Admitir a Joaquín Escudero Torrella en el concurso para la provisión de la jefatura de sección de Neurología (CM/02/2017).
Segundo
Retrotraer las actuaciones al momento procedimental en que se excluyó del proceso al Sr. Escudero Torrella, acta núm. 3 de 14 de septiembre de 2017 y en consecuencia baremar los méritos aportados en su día (Fase 2), continuando la tramitación del proceso conforme a sus bases hasta su nueva propuesta de adjudicación.
Tercero
Designar una nueva comisión de valoración para la ejecución de la sentencia 991/19 señalada en la parte expositiva de la presente resolución, con la composición que se detalla en el anexo I.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados del mismo modo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; así como en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 16 de diciembre de 2019. La presidenta del CHGUV i consellera de Sanidad Universal y Salud Pública: Ana Barceló Chico.
ANEXO I
Resolución de 16 de diciembre de 2019
COMISIÓN DE VALORACIÓN (cm/02/2017)
Plaza número 79716 jefe/a de sección facultativo
Especialidad: Neurología
Presidenta
Titular: Inmaculada Renart López
Suplente: M.ª Dolores Alonso Herreros
Vocales
Titular: Concepción Cerdá Micó
Suplente: Trinidad Blanco Hernández
Titular: Jerónimo Sancho Riéger
Suplente: Julián Lominchar Espada
Titular: Javier López-Trigo Pichó
Suplente: Ascensión Castillo Ruiz
Secretaria
Titular: Pilar Gallego Brosel
Suplente: Carmen Marti-Belda Torres