Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2020 de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la cual se da publicidad a los créditos y a la línea de subvención que tienen que financiar las ayudas económicas reguladas en la Orden de 3 de mayo de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social, por la cual se regula la ayuda económica a favor de las víctimas de violencia de género, establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, en el ejercicio 2020 [2020/2684]

(DOGV núm. 8772 de 26.03.2020) Ref. Base Datos 002737/2020






El artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, establece ayudas económicas dirigidas a las víctimas de violencia de género para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, y se determina el procedimiento de concesión y pago, para las mujeres residentes en la Comunidad Valenciana, a través de la Orden de 3 de mayo de 2007, de la Consellería de Bienestar Social, por la que se regula la ayuda económica a favor de las víctimas de violencia de género, establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, cuya disposición adicional primera establece que anualmente, mediante una resolución de la Consellería de Bienestar Social, se dará publicidad a los créditos que financiarán las ayudas reguladas en esta orden.

Aprobada y publicada la Ley 10/2019, de 27 de diciembre (DOGV núm. 8708, de 31.12.2019), de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020, en aplicación de lo que establece la mencionada orden, y de acuerdo con el artículo 168.1.B de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, corresponde dar publicidad a los créditos y a la línea de subvención destinados a financiar, en el ejercicio 2020, las mencionadas ayudas.

Por lo tanto, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 160 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y el Decreto 14/2018, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, resuelvo:



Primero

Dar publicidad a los créditos presupuestarios y a la línea de subvención destinados a financiar las ayudas económicas reguladas en la Orden de 3 de mayo de 2007, de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se regula la ayuda económica a favor de las víctimas de violencia de género, establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, en el ejercicio 2020, a cargo del programa presupuestario 323.10, Igualdad de género.

Denominación: «Ayudas para mujeres víctimas de violencia de género»

Línea de subvención: S6383000

Consignación presupuestaria: 1.000.000,00 €

Procedencia y cuantía de los fondos: Ministerio de Igualdad: 1.000.000,00 €



Segundo

Los créditos publicados tienen el carácter de máximos, y no podrán concederse ayudas una vez agotados, circunstancia que tendrá que publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sin embargo, si como consecuencia de modificaciones presupuestarias varían estos créditos, su modificación se publicará mediante una resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 23 de marzo de 2020.- La vicepresidenta del Consell y Consellera Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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