Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2020, del director general de Medio Natural y de Evaluación Ambiental, por el que se actualiza el anexo de la Orden de 11 de junio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban directrices extraordinarias para el aprovechamiento, gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana, relativo al listado de términos municipales afectados por sobrepoblación de conejo de monte. [2020/7203]

(DOGV núm. 8906 de 16.09.2020) Ref. Base Datos 007144/2020




En los últimos años se vienen detectando en algunas zonas de la Comunitat Valenciana daños notables en cultivos agrícolas como consecuencia del considerable aumento de las poblaciones de conejo de monte (Oryctolagus cuniculus). Por ello, la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica ha venido trabajando intensamente con el objeto de mitigar estos daños y controlar las poblaciones de conejo hasta llevarlas a niveles aceptables.

El 11 de junio de 2009, la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda aprobó la orden por la que se aprueban directrices extraordinarias para el aprovechamiento, gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana (DOGV 6041, 23.06.2009), recogiéndose en su anexo las zonas y cultivos afectados por sobrepoblación de la especie. Posteriormente, el 20 de noviembre de 2018 se actualizó dicho anexo debido a que se habían identificado nuevas áreas y territorios de la Comunitat Valenciana con presencia de daños significativos en cultivos, producidos por el conejo de monte; o en los que existen factores de riesgo elevados para que esta situación apareciera. Hay que considerar que la dinámica de la población es cambiante, y que por tanto, surgen nuevas zonas con sobrepoblación y desaparecen otras, siendo necesaria, en consecuencia, una actualización periódica de esta delimitación. Así, a partir de la información disponible en el Servicio de Caza y Pesca y la remitida por ayuntamientos, organizaciones profesionales agrarias, aseguradoras, titulares cinegéticos y otras administraciones, se han realizado prospecciones para identificar estas áreas en las que confluyen varios factores de riesgo para la aparición de la problemática. A partir de estos trabajos, se considera oportuno actualizar de nuevo los términos municipales afectados por la sobrepoblación.

Vista la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunitat Valenciana.

Vista la Orden de 11 de junio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban directrices extraordinarias para el aprovechamiento, gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana, y en particular, lo dispuesto en su disposición adicional primera, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General por el Decreto 80/2016, de 1 de julio, del Consell, de modificación del Decreto 158/2015, de 18 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, resuelvo:



Primero

Actualizar el anexo de la Orden de 11 de junio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban directrices extraordinarias para el aprovechamiento, gestión y control del conejo de monte en la Comunitat Valenciana, en el que se relacionan los municipios afectados por sobrepoblación, y cuyo texto refundido se recoge en el anexo de esta resolución, indicándose también en el mismo los municipios que se incorporan y excluyen mediante esta resolución.



Segundo

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.





Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentarse recurso de alzada ante la secretaria autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 31 de agosto de 2020.– El director general de Medio Natural y Evaluación Ambiental: Benjamín Pérez Rocher.





ANEXO



1. Municipios afectados por sobrepoblación de conejo de monte.

El listado incluye 191 términos, que suponen una superficie de 946,397 hectáreas.



En la provincia de Alacant (81):

• Comarca de El Baix Segura (20): Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Benferri, Bigastro, Callosa del Segura, Catral, Dolores, Granja de Rocamora, Guardamar del Segura, Jacarilla, Los Montesinos, Orihuela, Pilar de la Horadada, Rojales, San Fulgencio, San Isidro, San Miguel de Salinas y Torrevieja.

• Comarca de El Baix Vinalopó (3): Crevillent, Elx y Santa Pola.

• Comarca de El Comtat (16): Agres, Alcocer de Planes, Alfafara, Almudaina, Benasau, Beniarrés, Benilloba, Benillup, Benimarfull, Cocentaina, Gaianes, Gorga, Millena, Muro de Alcoi, Planes y Quatretondeta.

• Comarca de El Vinalopó Mitjà (9): Aspe, Elda, Fondó de les Neus, Hondón de los Frailes, Monforte del Cid, Monòver, Novelda, Petrer y Pinoso.

• Comarca de l'Alacantí (5): Alacant, Agost, el Campello, Mutxamel y Xixona.

• Comarca de l'Alcoià (5): Banyeres de Mariola, Benifallim, Castalla, Penàguila y Tibi.

• Comarca de l'Alt Vinalopó (5): Beneixama, Biar, el Camp de Mirra, Cañada y Villena.

• Comarca de la Marina Alta (13): Benimeli, Benissa, Calp, Dénia, Gata de Gorgos, Llíber, Murla, Pedreguer, el Ràfol d'Almunia, Sanet y Negrals, Senija, Teulada y Xàbia.

• Comarca de la Marina Baixa (5): Benimantell, el Castell de Guadalest, la Nucia, Relleu y Villajoyosa.



En la Provincia de Castelló (17):

• Comarca del Baix Maestrat (5): Benicarló, San Rafael del Río, Sant Jordi, Traiguera y Vinaròs.

• Comarca de la Plana Alta (8): Benlloc, Cabanes, la Pobla Tornesa, la Torre d'en Doménech, Torreblanca, Vall d'Alba, Vilafamés y Vilanova d'Alcolea.

• Comarca de la Plana Baixa (4): Almenara, La Llosa, la Vall d'Uixó y Moncofa.



En la Provincia de València (93):

• Comarca del Camp de Morvedre (8): Alfara de la Baronia, Algimia de Alfara, Benavites, Estivella, Quart de les Valls, Quartell, Sagunt y Torres Torres.

• Comarca del Camp de Túria (10): Benaguasil, Benisanó, Bétera, Casinos, Llíria, la Pobla de Vallbona, Marines, Nàquera, Riba-roja de Túria y Vilamarxant.

• Comarca de los Serranos (2): Pedralba y Villar del Arzobispo.

• Comarca de l'Horta Nord (7): Albuixech, el Puig de Santa Maria, Godella, la Pobla de Farnals, Massalfassar, Moncada y Puçol.

• Comarca de l'Horta Sud (1): Picassent.

• Comarca de la Canal de Navarrés (1): Anna.

• Comarca de la Costera (13): Barxeta, Cerdà, Estubeny, la Font de la Figuera, La Granja de la Costera, L'Alcúdia de Crespins, Llanera de Ranes, La Llosa de Ranes, Moixent, Montesa, Rotglà i Corbera, Vallada y Xàtiva.

• Comarca de la Hoya de Buñol (4): Alborache, Cheste, Chiva y Godelleta.

• Comarca de la Plana de Utiel-Requena (7): Camporrobles, Caudete de las Fuentes, Fuenterrobles, Requena, Utiel, Venta del Moro y Villargordo del Cabriel.

• Comarca de la Ribera Alta (4): Alfarp, Montroi, Real y Turís.

• Comarca de la Safor (2): Alfauir y Castellonet de la Conquesta.

• Comarca de la Vall d'Albaida (34): Agullent, Aielo de Malferit, Aielo de Rugat, Albaida, Alfarrasí, Atzeneta d'Albaida, Bèlgida, Bellús, Beniatjar, Benicolet, Benigànim, Benissoda, Benisuera, Bocairent, Bufali, Carrícola, Castelló de Rugat, Fontanars dels Alforins, Guadasséquies, Llutxent, Montaverner, Montichelvo, l'Olleria, Ontinyent, Otos, el Palomar, Pinet, la Pobla del Duc, Quatretonda, Ràfol de Salem, Rugat, Salem, Sempere y Terrateig.



2. Relación de municipios incorporados mediante la presente resolución.

La relación de términos municipales que se incorporan respecto a la Resolución de 20 de noviembre de 2018 son los siguientes (total 21).

En la provincia de Alacant (9):

• Comarca del Baix Segura (1): San Fulgencio.

• Comarca del Vinalopó Mitjà (1): Petrer.

• Comarca de l'Alacantí (1): Mutxamel.

• Comarca de l'Alcoià (3): Benifallim, Castalla y Tibi.

• Comarca de la Marina Alta (1): Calp.

• Comarca de la Marina Baixa (2): Benimantell y el Castell de Guadalest.



En la Provincia de Valencia (12):

• Comarca del Camp de Morvedre (1): Estivella.

• Comarca del Camp de Túria (4): Benaguasil, Benisanó, Casinos y Nàquera.

Comarca de l'Horta Nord (3): Albuixech, Godella y Massalfassar.

Comarca de la Canal de Navarrés (1): Anna.

Comarca de la Costera (1): Moixent.

Comarca de la Safor (2): Alfauir y Castellonet de la Conquesta.



3. Relación de municipios excluidos mediante la presente resolución.

La relación de términos municipales que se excluyen respecto a la Resolución de 20 de noviembre de 2018 son los siguientes (total 9).

En la provincia de Alacant (2):

– Comarca de la Marina Alta: el Poble Nou de Benitatxell.

– Comarca de la Marina Baixa: Callosa d'en Sarrià.

En la Provincia de Valencia (6):

– Comarca de la Ribera: Alberic, Algemesí y Benifaió.

– Comarca de la Costera: el Genovés

– Comarca del Camp de Túria: Faura y Gilet.

En la Provincia de Castelló (1):

– Comarca el Baix Maestrat: Rossell.

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