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RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2011, del secretario autonómico de Empleo y director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se da publicidad a las líneas de crédito y a los importes globales máximos destinados a financiar, para el ejercicio 2011 y 2012, determinadas medidas contempladas en las órdenes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de 22 de octubre de 2008, de 10 de julio de 2009, 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto de 2010, por las que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes de los sectores textil y de la confección, de fabricación del calzado, curtidos y marroquinería, del juguete y del mueble, respectivamente. [2011/7293]

(DOGV núm. 6551 de 24.06.2011) Ref. Base Datos 007497/2011

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2011, del secretario autonómico de Empleo y director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se da publicidad a las líneas de crédito y a los importes globales máximos destinados a financiar, para el ejercicio 2011 y 2012, determinadas medidas contempladas en las órdenes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de 22 de octubre de 2008, de 10 de julio de 2009, 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto de 2010, por las que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes de los sectores textil y de la confección, de fabricación del calzado, curtidos y marroquinería, del juguete y del mueble, respectivamente. [2011/7293]
La disposición adicional septuagésima quinta de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, prevé la adopción de distintas medidas de apoyo a la modernización y mejora de la competitividad de los sectores textil y de la confección, del calzado y del mueble. Igual previsión se hace en la disposición adicional sexagésima quinta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, para el sector del juguete.
Como desarrollo de las medidas contenidas en los planes de apoyo a estos sectores se publican, el Real Decreto 5/2008, de 11 de enero, para el sector textil y de la confección, el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, para el sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, el Real Decreto 1678/2010, de 13 de noviembre, para el sector del juguete y el Real Decreto 1679/2010, de 13 de noviembre, para el sector del mueble. En ellos se regulan, entre otras medidas, un conjunto de subvenciones destinadas a facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes de cada sector.
Por tratarse estas subvenciones de ayudas cuya gestión y control han sido traspasados a la Generalitat, se publican las correspondientes órdenes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo para cada uno de los sectores.
En el ejercicio 2008 se publica la Orden de 22 de octubre de 2008, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección y se establece la financiación de las mismas para ese ejercicio.
En el ejercicio 2009, se publica la Orden de 10 de julio, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, y se establece su financiación en ese ejercicio. Asimismo, por Orden de 10 de julio, se da publicidad a la línea de crédito y al importe global máximo, en este ejercicio, para el sector textil y de la confección.
En el ejercicio 2010, se publican las resoluciones de 3 y 7 de junio, del Secretario Autonómico de Empleo y director general del SERVEF, por las que se da publicidad, para dicho ejercicio, a las líneas de crédito y a los importes globales máximos de determinadas medidas de los sectores de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería y del sector textil y de la confección, respectivamente.
Asimismo, en el ejercicio 2010, se publican las órdenes 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto, por las que se regula la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del juguete y del mueble, respectivamente, y se convocan, para el año 2010, las ayudas reguladas en los capítulos I a III y sección primera del capítulo IV del título II de cada una de dichas órdenes.
De las medidas reguladas en las citadas órdenes, la contemplada en el capítulo III del título II, Subvenciones para facilitar la inserción laboral de los trabajadores de 52 o más años, tiene carácter plurianual.
En consecuencia, por todo ello, procede dar publicidad a los créditos, para el ejercicio 2011 y 2012, en su caso, destinados a financiar determinadas medidas reguladas en las cuatro órdenes mencionadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.11 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana y en la disposición adicional primera de las órdenes de 22 de octubre de 2008, de 10 de julio de 2009, 33/2010 y 34/2010, de 30 de agosto, resuelvo:

Único. Financiación
1. Las ayudas reguladas en los capítulos I a IV del título II de la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, se financiarán, con cargo al presupuesto 2011 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por un importe máximo de 36.000 euros y, con cargo al presupuesto 2012, por un importe máximo de 24.000 euros, en el capítulo IV, subprograma 322.53, Planes especiales de apoyo al empleo en sectores productivos, código de línea T7705000, Plan de apoyo al sector textil y de la confección, o equivalente.
2. Las ayudas reguladas en los capítulos I a IV del título II de la Orden de 10 de julio de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, se financiarán, con cargo al presupuesto 2011 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por un importe máximo de 24.000 euros y, con cargo al presupuesto 2012, por un importe máximo de 16.000 euros, en el capítulo IV, subprograma 322.53, Planes especiales de apoyo al empleo en sectores productivos, código de línea T7708000, Plan de apoyo al sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, o equivalente.
3. Las ayudas reguladas en los capítulos I a III y sección primera del capítulo IV del título II de la Orden 33/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, se financiarán con cargo al presupuesto 2011 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por un importe máximo de 12.000 euros y, con cargo al presupuesto 2012, por un importe máximo de 8.000 euros, en el capítulo IV, subprograma 322.53, Planes especiales de apoyo al empleo en sectores productivos, código de línea T7714000, Plan de apoyo al sector del juguete, o equivalente.
4. Las ayudas reguladas en los capítulos I a III y sección primera del capítulo IV del título II de la Orden 34/2010, de 30 de agosto, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, se financiarán con cargo al presupuesto 2011 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por un importe máximo de 90.000 euros y, con cargo al presupuesto 2012, por un importe máximo de 60.000 euros, en el capítulo IV, subprograma 322.53, Planes especiales de apoyo al empleo en sectores productivos, código de línea T7715000, Plan de apoyo al sector del mueble, o equivalente.
5. La financiación correspondiente al ejercicio 2012 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto económico del citado ejercicio.
6. Si, a lo largo del ejercicio 2011, existiera crédito disponible que permitiera incrementar la financiación presupuestaria de estas ayudas, se dará publicidad de dichos créditos mediante resolución del secretario autonómico de Empleo y director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los términos ya dichos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Y ello, sin perjuicio de la posibilidad de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Valencia, 11 de mayo de 2011.- El secretario autonómico de Empleo y director general del Servef: Luis Lobón Martín.

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