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ORDEN de 10 de julio de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se da publicidad a la línea de crédito y al importe global máximo destinado a las subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección para el ejercicio 2009, reguladas en la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo; y por la que se introducen determinadas adaptaciones normativas en la misma. [2009/8355]

(DOGV núm. 6057 de 15.07.2009) Ref. Base Datos 008295/2009

ORDEN de 10 de julio de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se da publicidad a la línea de crédito y al importe global máximo destinado a las subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección para el ejercicio 2009, reguladas en la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo; y por la que se introducen determinadas adaptaciones normativas en la misma. [2009/8355]
Con fecha 24 de octubre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección.
Dada su vigencia plurianual, para el resto de anualidades, la convocatoria quedaba condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto económico del año correspondiente, y a los libramientos de fondos correspondientes por parte del Servicio Público de Empleo Estatal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y siguientes y disposición final cuarta del Real Decreto 5/2008, de 11 de enero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector textil y de la confección a los cambios estructurales en el comercio mundial, por lo que procede dar publicidad a la línea de crédito y al importe global máximo destinado a la concesión de las ayudas previstas en las bases reguladoras de la misma, para el año 2009.
Por otra parte, mediante Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas actualizada, denominada CNAE-2009 siendo aplicable a partir del día 1 de enero de 2009.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto por la disposición adicional primera de la Orden de 22 de octubre de 2008 citada, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley de 5/1983, del Consell, y el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana,
ORDENO
Artículo primero. Financiación
1. Las ayudas reguladas en los capítulos I a IV del Título II de la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, se financiarán con cargo al Capítulo IV, subprograma 322.59 «Administración y coordinación general» del Presupuesto 2009 del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, código de línea T7705000 «Plan de apoyo al sector textil y de la confección», por un importe máximo de 2.150.000 €.
2. Las ayudas reguladas en el capítulo V del Título II de dicha orden, se financiarán con cargo al Capítulo IV del programa presupuestario 315.10 «Condiciones de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social» de la Sección 06 del Presupuesto de la Generalitat 2009, código de línea T7351000 «Plan ayudas sector textil», por un importe máximo de 345.028 €.
3. Si a lo largo del ejercicio 2009 existiera crédito disponible que permitiera incrementar la financiación presupuestaria de esta orden, se dará publicidad de dichos créditos mediante Orden de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo para las ayudas reguladas en el capítulo V, del Título II, de la Orden de 22 de octubre de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección; y mediante resolución del Secretario Autonómico de Empleo para el resto de ayudas.
Artículo segundo. CNAES
En el artículo 1 apartado 2 de la orden de 22 de octubre de 2008, las referencias a las actividades industriales del sector textil y de la confección encuadradas en los epígrafes 17 y 18.1 y 18.2 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas-CNAE-93 Rev, hay que entenderlas hechas a los epígrafes correspondientes de la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas, CNAE-2009, aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, epígrafes 13, 14.1 14.3.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado en los términos ya dichos, según lo dispuesto por los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso de los previstos en la vigente legislación.
Valencia, 10 de julio de 2009
El vicepresidente segundo
y conseller de Economía, Hacienda y Empleo,
GERARDO CAMPS DEVESA

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