Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

ORDEN de 18 de julio de 2000, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convoca una línea de ayudas gestionada por la Dirección General de Producción Agraria para el ejercicio 2000 sobre concesión de auxilios a medios de producción y nuevas tecnologías en cultivos herbáceos y en cultivos leñosos y se modifica la Orden de 22 de diciembre de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se regulan las subvenciones de seguros agrarios combinados. [2000/S6080]

(DOGV núm. 3798 de 21.07.2000) Ref. Base Datos 2425/2000

ORDEN de 18 de julio de 2000, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convoca una línea de ayudas gestionada por la Dirección General de Producción Agraria para el ejercicio 2000 sobre concesión de auxilios a medios de producción y nuevas tecnologías en cultivos herbáceos y en cultivos leñosos y se modifica la Orden de 22 de diciembre de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se regulan las subvenciones de seguros agrarios combinados. [2000/S6080]
El artículo 47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Consell, exige que en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones se indique la línea o líneas de subvenciones que la financian y el importe global máximo destinado a las mismas. Estos extremos dependen de la Ley anual de Presupuestos, en estos momentos la Ley 10/1999, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Presupuestos para el ejercicio 2000.
Por una parte, se pretende continuar con determinadas actuaciones de promoción de nuevas tecnologías, apoyándolas con ayudas al igual que en ejercicios anteriores.
Por otra parte, se pretende modificar la Orden de 22 de diciembre de 1998 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se regulan las subvenciones de seguros agrarios combinados, ampliándolas a producciones de interés para la Comunidad Valenciana.
Por ello, vista la propuesta del director general de Producción Agraria, en el ejercicio de las funciones que tengo atribuidas,
ORDENO
Artículo primero
Se convocan las ayudas establecidas para el año 2000 en la línea 401/000/00 de subvención regulada en las disposiciones que se indican en este artículo y gestionadas por la Dirección General de Producción Agraria en el programa 714.20, Ordenación y Mejora de las Producciones Agrarias.
Línea 401/000/00:
Orden de 25 de noviembre de 1978 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre concesión de auxilios a medios de producción y nuevas tecnologías en cultivos herbáceos y Orden de 31 de marzo de 1979, sobre concesión de auxilios a medios de producción y nuevas técnicas en cultivos leñosos (BOE núm. 286, de 30.11.1978 y núm. 99 de 25.04.1979).
Fecha límite de presentación de solicitudes: 15 de septiembre de 2000.
Importe global máximo: 25.000.000 de pesetas (150.253,03 euros).
Artículo segundo
La justificación de la realización de la conducta, actividad o inversión que se financie con la subvención referida en esta orden, se realizará mediante la presentación de las correspondientes certificaciones del técnico que realiza el seguimiento, en el plazo en el que se indique en la resolución de concesión de ayuda, dentro del presente ejercicio presupuestario.
No obstante lo anterior, la ejecución de las inversiones y gastos deberán ser iniciadas en el presente ejercicio y comprobadas por técnico de la administración.
Artículo tercero
Transcurridos tres meses desde la finalización del plazo hábil de presentación de solicitudes sin que hubiere recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas.
Artículo cuarto
Se modifica la Orden de 22 de diciembre de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se regulan las subvenciones de seguros agrarios combinados (DOGV núm. 2.785, de 30 de diciembre de 1998) en los siguientes términos:
En el artículo 4, se modifica el punto 3 que queda redactado como sigue:
«Los asegurados en aquellas producciones amparadas por el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana y, en su caso, las inscritas en la Indicación Geográfica Protegida Cítricos Valencianos, además de las subvenciones a que hubiese lugar entre las indicadas en los puntos 1 y 2 del presente artículo, tendrán una subvención adicional del 10% sobre la concedida por ENESA. Esta subvención no se descontará en el momento de formalizar la póliza del seguro, sino que se solicitará aparte a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 y a lo que reglamentariamente se establezca».
En el artículo 8, se modifica el punto 2 de la siguiente forma:
En el primer apartado, donde dice: «La subvención a que se refiere el punto 3 del artículo 4, …», debe decir: «La subvención a las producciones ecológicas a que se refiere el punto 3 del artículo 4, …»
Se añadirá el siguiente apartado:
«La subvención a las producciones inscritas en la Indicación Geográfica Protegida Cítricos Valencianos a que se refiere el punto 3 del artículo 4, serán solicitadas por los interesados a través del tomador del seguro, adjuntando certificación individual o colectiva de inscripción en dicha Indicación Geográfica. El pago se efectuará al tomador del seguro quien hará llegar a cada beneficiario la cantidad que le corresponda en el plazo máximo de un mes desde la recepción del ingreso, presentando ante la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación justificantes bancarios de los pagos efectuados».
Artículo quinto
Se modifica la Orden de 22 de febrero de 2000, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan determinadas líneas de ayuda gestionadas por la Dirección General de Producción Agraria para el ejercicio 2000, y se modifican aspectos de algunas órdenes, en lo que respecta a la siguiente línea de ayuda 403/000/00, cuyos importes quedarán de la siguiente forma:
Línea 403/000/00:
Orden de 22 de diciembre de 1998, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regulan las subvenciones a la suscripción de seguros agrarios comprendidos en los planes anuales de seguros agrarios combinados.(DOGV núm. 3.403, de 30 de diciembre de 1998), modificada por la Orden de 18 de noviembre de 1999 (DOGV núm. 3.635, de 29.12.1999).
Importe global máximo: 2.086.948.665 pesetas (12.542.814,09 euros).
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 18 de julio de 2000
La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación

linea
Mapa web