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DECRETO 73/2003, de 21 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que modifica el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia de la Generalitat. [2003/7566]

(DOGV núm. 4528 de 23.06.2003) Ref. Base Datos 3093/2003

DECRETO 73/2003, de 21 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que modifica el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia de la Generalitat. [2003/7566]
Mediante el Decreto 71/2003, de 21 de junio, el Consell de la Generalitat ha determinado el número y denominación de las consellerias.
Asimismo, por el Decreto 7/2003, de 21 de junio, el presidente de la Generalitat ha configurado la nueva distribución competencial con la que actualmente estará organizada la administración de la Generalitat.
En consecuencia, se hace necesario dictar una nueva norma que adecue la actual estructura orgánica y funcional de la Presidencia de la Generalitat, aprobada mediante el Decreto 109/2000, de 18 de julio, al objeto de potenciar el Gabinete del Presidente de la Generalitat con el fin de que asuma las funciones hasta ahora atribuidas a la Subsecretaría de Planificación y Estudios. Al propio tiempo y en este sentido, se hace uso de la facultad atribuida en el artículo 74 de la Ley de Gobierno Valenciano en cuanto a la creación de la figura del secretario autonómico.
Por ello y de conformidad con lo establecido en los artículos 35.f) y 70 de la Ley de Gobierno Valenciano, previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 21 de junio de 2003, y a propuesta de su presidente,
DISPONGO
Artículo 1
El órgano superior de apoyo a la Presidencia de la Generalitat es el Gabinete del Presidente.
Artículo 2
El Gabinete del Presidente tiene asignadas las competencias y las funciones siguientes:
a) Facilitar al presidente de la Generalitat la información política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.
b) Asesorar al presidente de la Generalitat en aquellos asuntos y materias que éste disponga.
c) Coordinar todas aquellas unidades, tanto de la propia Presidencia como de las consellerias, que participen directa o indirectamente en la programación o desarrollo de actos en los que intervenga la Presidencia de la Generalitat.
d) Coordinar e impulsar la acción interdepartamental del Consell de la Generalitat.
Artículo 3
Del director del Gabinete del Presidente, que tendrá rango de secretario autonómico, dependerán el subdirector del Gabinete de Análisis y el subdirector del Gabinete de Organización, que tendrán rango de director general.
Artículo 4
1. La Subdirección del Gabinete de Análisis tiene asignadas, además de las que el director del gabinete determine, las siguientes funciones:
a) Prestar asistencia y asesoramiento al presidente.
b) Realizar estudios y recopilar documentos sobre materias que afecten al Consell.
2. De la Subdirección del Gabinete de Análisis dependen las siguientes áreas:
a) Área de Planificación y Estudios.
b) Área de Documentación y Análisis de Datos.
c) Área de Análisis y Seguimiento de Programas.
Artículo 5
1. La Subdirección del Gabinete de Organización tiene asignadas, además de las que el director del gabinete determine, las siguientes funciones:
a) La coordinación interna de la agenda del presidente.
b) La dirección del protocolo que requieren los actos de carácter representativo del presidente y de los restantes miembros del Consell.
2. De la Subdirección del Gabinete de Organización dependen las siguientes áreas:
a) Área de Organización y Gestión.
b) Área de Protocolo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados los artículos 6, 7, 23 y 24 del Decreto 109/2000, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia de la Generalitat y el de la Conselleria del Portavoz del Gobierno.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 21 de junio de 2003.
El presidente de la Generalitat,

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