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DECRETO 15/2001, de 30 de octubre, del presidente de la Generalitat Valenciana, por el que asigna a la Presidencia y a las Consellerias determinadas competencias. [2001/X10620]

(DOGV núm. 4118 de 31.10.2001) Ref. Base Datos 4355/2001

DECRETO 15/2001, de 30 de octubre, del presidente de la Generalitat Valenciana, por el que asigna a la Presidencia y a las Consellerias determinadas competencias. [2001/X10620]
La modificación de la organización del Gobierno Valenciano, llevada a cabo por el Decreto 160/2001, de 30 de octubre, que modifica la denominación de la Conselleria de Industria y Comercio, hace necesario efectuar la asignación de las competencias que corresponden a los órganos que integran el Gobierno Valenciano, modificando parcialmente los Decretos 13/1999, de 30 de julio, y 7/2000, de 22 de mayo, del presidente de la Generalitat Valenciana.
En su virtud y en el ejercicio de la facultad prevista en el apartado b) del artículo 16 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,
DISPONGO
Artículo 1
Se asignan a la Conselleria de Innovación y Competitividad las competencias en materia de industria y energía, comercio y consumo, política científica y tecnológica, innovación y competitividad, I+D+I, modernización y racionalización.
Se asignan a la Conselleria de Bienestar Social, las competencias relativas a políticas de integración de la inmigración, servicios sociales, acción social en los sectores de la mujer, familia, juventud, menor y adopciones, drogodependencias y planes especiales de vivienda.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera
La efectividad del traspaso de competencias entre consellerias provocado por la nueva asignación de competencias se producirá en el momento de la aprobación de los correspondientes reglamentos orgánicos y funcionales de cada Conselleria.
Segunda
Los reglamentos orgánicos de las consellerias adaptarán su estructura a lo dispuesto en el presente decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones de inferior o igual rango se opongan a lo previsto en el presente decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su aprobación.
Valencia, 30 de octubre de 2001
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

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