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Decreto 229/1993, de 23 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Reglamento del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA) y el Reglamento del Institut Turístic Valencià (ITVA).

(DOGV núm. 2155 de 30.11.1993) Ref. Base Datos 2837/1993

Decreto 229/1993, de 23 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Reglamento del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA) y el Reglamento del Institut Turístic Valencià (ITVA).
Por el Decreto 72/1989, de 15 de mayo, del Gobierno Valenciano, se aprobó el Reglamento del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), como consecuencia de la nueva configuración dada al "sino por la Ley 12/1988, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1989.
De otra parte, el Decreto 16/1992, de 3 de febrero, del Gobierno Valenciano, aprobó el Reglamento del Institut Turístic Valencià, entidad de Derecho público creada por la Ley 7/1991, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1992.
Las modificaciones que se efectúan en el presente decreto, consistentes en dar una nueva denominación a las figuras del director y del secretario general de dichos institutos y que no afectan a la estructura básica contenida en los citados decretos, obedece a la necesidad de clarificar y distinguir determinados órganos que integran la organización administrativa y la institucional.
En su virtud, a propuesta del Conseller de Industria, Comercio y Turismo y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 23 de noviembre de 1993,
DISPONGO
Artículo primero
Se modifican los artículos 4.1 y 13 del Decreto 72/1989, de 15 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el Reglamento del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), que quedan redactados como siguen:
«Artículo cuarto
1. Los órganos de gobierno del IMPIVA son: el presidente, los vicepresidentes, el Comité de Dirección y el director general».
«Artículo trece
1. Al frente de la organización administrativa del IMPIVA existirá un director técnico-administrativo, nombrado por el presidente del instituto. Sin perjuicio de las facultades reservadas al presidente y al director general, le corresponderá la coordinación técnica y administrativa y la dirección del personal, así como aquellas facultades que le encomiende la dirección del instituto.
2. En dependencia directa del director técnico- administrativo se encuadran los servicios técnicos».
Artículo segundo
Se modifican los artículos 4 y 10 del Decreto 16/1992, de 3 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el Reglamento del Institut Turístic Valencià, que quedan redactados como. siguen:
«Artículo cuarto
Los órganos de gobierno del ITVA son: el presidente, el vicepresidente, el Comité de Dirección y el director general».
«Artículo diez
1. Al frente de la organización administrativa del ITVA existirá un director técnico-administrativo, nombrado por el presidente del instituto. Sin perjuicio de las facultades reservadas al presidente y al director general, le corresponderá la coordinación técnica y administrativa y la dirección del personal, así como aquellas facultades que le encomiende la dirección del instituto.
2. En dependencia directa del director técnico-administrativo se encuadran los servicios técnicos».
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Las referencias que en el Decreto 72/1989, de 15 de mayo, y en el Decreto 16/1992, de 3 de febrero, ambos del Gobierno Valenciano, se hacen al Director del IMPIVA y al Director del ITVA, respectivamente, se entenderán hechas al director general correspondiente.
Segunda
Las referencias que en el Decreto 72/1989, de 15 de mayo, y en el Decreto 16/1992, de 3 de febrero, los dos del Gobierno Valenciano, se hacen al Secretario General del IMPIVA y al Secretario General del ITVA, respectivamente, se entenderán hechas al director técnico-administrativo correspondiente.
Tercera
El presente decreto entrará en vigor el día de su fecha.
Valencia, 23 de noviembre de 1993
El President de la Generalitat Valenciana,
JOAN LERMA I BLASCO
El Conseller d'Indústria, Comerç i Turisme,
MARTIN SEVILLA JIMENEZ

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